Dejan sin efecto auto de formal prisión contra esposa de ex alcalde de Iguala

María de los Ángeles Pineda Villa es señalada por los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Dejan sin efecto auto de formal prisión contra esposa de ex alcalde de Iguala
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MÉXICO.- Un Tribunal Federal otorgó un amparo a María de los Ángeles Pineda Villa, esposa del ex alcalde de Iguala, Guerrero, José Luis Abarca; sentencia que ordenó dejar sin efecto el auto de formal prisión dictado en su contra por los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Por el momento, Pineda Villa no podrá recuperar su libertad, pero el juez Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México deberá tomar en cuenta qué elementos existen en su contra para poder determinar su situación jurídica, detalla la sentencia consultada.

El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal de Segundo Circuito otorgó al amparo para que se tome nuevamente la declaración preparatoria de Pineda Villa.

Asimismo, que se revelen los nombres de los testigos protegidos que declararon contra Pineda y que, se exhiban las pruebas que existen en su contra y los hechos concretos que se le atribuyen, para que pueda defenderse.

La entonces Procuraduría General de la República acusó a Pineda Villa de estar ligada al grupo criminal de Guerreros Unidos y de haber colaborado con el cártel de los hermanos Beltrán Leyva. Por este motivo debe quedar sin efecto el auto dictado el 11 de marzo de 2019 dentro de la causa penal 12/2017.

Los nombres y datos de identificación que ordenó revelar el Tribunal, son los de los testigos colaboradores con nombres claves Mateo (Sergio Villarreal Barragán, El Grande) y “X” (Eynar Rodrigo Lozano Mendoza).

El Grande es uno de los sicarios más sanguinarios que han operado en el país y en su momento fue el segundo al frente del cártel de los Beltrán Leyva, tras el abatimiento del capo Arturo Beltrán Leyva, El Barbas.

Tanto Mateo como X fueron usados por la PGR para declarar en un sinfín de investigaciones, como la del ex subsecretario de la Defensa Nacional, Tomás Ángeles Dauahare, y contra el abogado José Gerardo Ortega Maya, ex asesor del ex secretario de Marina, Francisco Saynez Mendoza, por mencionar algunas.

En todos los casos, los asuntos se les cayeron a la PGR porque los testigos mintieron y porque no reconocieron firmas (que fueron falsificadas) en sus declaraciones.

“Requiera al agente del Ministerio Público de la Federación que consignó la averiguación previa que dio origen el proceso penal 12/2017, para el efecto de que proporcione el nombre real y todos los datos personales de los aludidos testigos colaboradores en el lapso que se estime prudente, tomando en cuenta el término constitucional para resolver la situación jurídica, recabe nuevamente la declaración preparatoria de María de los Ángeles Pineda Villa), indica el fallo de los magistrados federales.

El Tribunal puntualizó que todo lo ordenado en su sentencia debe realizarse de acuerdo con diversos numerales de la Constitución, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

“De manera clara y precisa, le informe sobre la naturaleza y causa de la consignación, esto es, de los delitos por los cuales se ejerció acción penal en su contra, es decir, su denominación y previsión legal, mediante la precisión de los consecuentes hechos materia de la misma, las conductas u omisiones que en el particular le fueron atribuidas, asentando de manera clara y detallada esas circunstancias en el acta respectiva materia de la misma, lo cual incluye los nombres de las personas que deponen en su contra, así como de las pruebas en que ello se basa”, establece la sentencia.

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MÉXICO.- Un Tribunal Federal otorgó un amparo a María de los Ángeles Pineda Villa, esposa del ex alcalde de Iguala, Guerrero, José Luis Abarca; sentencia que ordenó dejar sin efecto el auto de formal prisión dictado en su contra por los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.

 

Por el momento, Pineda Villa no podrá recuperar su libertad, pero el juez Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México deberá tomar en cuenta qué elementos existen en su contra para poder determinar su situación jurídica, detalla la sentencia consultada.

 

El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal de Segundo Circuito otorgó al amparo para que se tome nuevamente la declaración preparatoria de Pineda Villa.

 

Asimismo, que se revelen los nombres de los testigos protegidos que declararon contra Pineda y que, se exhiban las pruebas que existen en su contra y los hechos concretos que se le atribuyen, para que pueda defenderse.

 

La entonces Procuraduría General de la República acusó a Pineda Villa de estar ligada al grupo criminal de Guerreros Unidos y de haber colaborado con el cártel de los hermanos Beltrán Leyva. Por este motivo debe quedar sin efecto el auto dictado el 11 de marzo de 2019 dentro de la causa penal 12/2017.

 

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Los nombres y datos de identificación que ordenó revelar el Tribunal, son los de los testigos colaboradores con nombres claves Mateo (Sergio Villarreal Barragán, El Grande) y “X” (Eynar Rodrigo Lozano Mendoza).

 

El Grande es uno de los sicarios más sanguinarios que han operado en el país y en su momento fue el segundo al frente del cártel de los Beltrán Leyva, tras el abatimiento del capo Arturo Beltrán Leyva, El Barbas.

 

Tanto Mateo como X fueron usados por la PGR para declarar en un sinfín de investigaciones, como la del ex subsecretario de la Defensa Nacional, Tomás Ángeles Dauahare, y contra el abogado José Gerardo Ortega Maya, ex asesor del ex secretario de Marina, Francisco Saynez Mendoza, por mencionar algunas.

 

En todos los casos, los asuntos se les cayeron a la PGR porque los testigos mintieron y porque no reconocieron firmas (que fueron falsificadas) en sus declaraciones.

 

“Requiera al agente del Ministerio Público de la Federación que consignó la averiguación previa que dio origen el proceso penal 12/2017, para el efecto de que proporcione el nombre real y todos los datos personales de los aludidos testigos colaboradores en el lapso que se estime prudente, tomando en cuenta el término constitucional para resolver la situación jurídica, recabe nuevamente la declaración preparatoria de María de los Ángeles Pineda Villa), indica el fallo de los magistrados federales.

 

El Tribunal puntualizó que todo lo ordenado en su sentencia debe realizarse de acuerdo con diversos numerales de la Constitución, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

 

“De manera clara y precisa, le informe sobre la naturaleza y causa de la consignación, esto es, de los delitos por los cuales se ejerció acción penal en su contra, es decir, su denominación y previsión legal, mediante la precisión de los consecuentes hechos materia de la misma, las conductas u omisiones que en el particular le fueron atribuidas, asentando de manera clara y detallada esas circunstancias en el acta respectiva materia de la misma, lo cual incluye los nombres de las personas que deponen en su contra, así como de las pruebas en que ello se basa”, establece la sentencia.

 

 

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