Diputada propone cárcel para quien incumpla con pensión alimenticia

La iniciativa de Ley busca reformar el artículo 337 del Código Penal Federal, para que no sólo haya pena privativa de la libertad, sino que el Ministerio Público lo persiga de oficio.

Diputada propone cárcel para quien incumpla con pensión alimenticia
Nacional /

MÉXICO.- La diputada federal, Maribel Aguilera Cháirez de Morena, propuso ante el pleno de la Cámara de Diputados castigar con cárcel a quienes no paguen pensión alimenticia, sea hombre o mujer.

La iniciativa de Ley busca reformar el artículo 337 del Código Penal Federal, para que no sólo haya pena privativa de la libertad, sino que el Ministerio Público lo persiga de oficio.

Dentro de la propuesta, la legisladora busca que las autoridades empleen todos sus esfuerzos para que se cumpla con el pago a interés de niños, niñas y adolescentes.

Dicha iniciativa fue turnada al Senado e intenta eliminar cualquier interpretación ambigua de los operadores de la justicia, abogados y todo aquel involucrado en el proceso.

“Esto permitirá tener un carácter disuasorio, pues tanto el acreedor como el obligado alimentario tendrán pleno conocimiento de que el Delito de Incumplimiento de Obligaciones alimentarias corresponde a pena privativa de la libertad en el Código Penal Federal”, dijo Aguilera.


cog

MÉXICO.- La diputada federal, Maribel Aguilera Cháirez de Morena, propuso ante el pleno de la Cámara de Diputados castigar con cárcel a quienes no paguen pensión alimenticia, sea hombre o mujer.

La iniciativa de Ley busca reformar el artículo 337 del Código Penal Federal, para que no sólo haya pena privativa de la libertad, sino que el Ministerio Público lo persiga de oficio.

Dentro de la propuesta, la legisladora busca que las autoridades empleen todos sus esfuerzos para que se cumpla con el pago a interés de niños, niñas y adolescentes.

Dicha iniciativa fue turnada al Senado e intenta eliminar cualquier interpretación ambigua de los operadores de la justicia, abogados y todo aquel involucrado en el proceso.

“Esto permitirá tener un carácter disuasorio, pues tanto el acreedor como el obligado alimentario tendrán pleno conocimiento de que el Delito de Incumplimiento de Obligaciones alimentarias corresponde a pena privativa de la libertad en el Código Penal Federal”, dijo Aguilera.

 

 


cog

  • Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de TELEDIARIO; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
LAS MÁS VISTAS