MÉXICO.- Con 329 votos a favor, 98 en contra y 40 abstenciones, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma la Ley de Seguridad Nacional, para regular la actuación de los agentes extranjeros en México y solicitar su retiro, en caso de incumplir las disposiciones aplicables.
De acuerdo con el dictamen avalado por los diputados y turnado al Ejecutivo para su publicación y entrada en vigor, los agentes extranjeros no tendrán ninguna inmunidad en caso de incurrir en la comisión de delitos.
Tampoco tendrán consideraciones por infringir las disposiciones normativas que prohíben a los extranjeros el ejercicio de funciones reservadas a las autoridades mexicanas.
“La reforma no les concede ningún tipo de inmunidad, pues, aunque conforme al derecho internacional gozarían de inmunidad funcional si se apegan a ejercer funciones consulares, de cometer delitos serán sometidos a la justicia mexicana.
“Tampoco gozarían de inmunidad alguna si ingresan a nuestro país sin ser acreditados ante la Secretaría de Relaciones Exteriores”, puntualizó la presidenta de la Comisión de Gobernación, Rocío Barrera, al fundamentar el dictamen.
No obstante, al fijar la posición del PAN contra la reforma, la diputada Adriana Dávila cuestionó las soluciones unilaterales y el concepto inoperante de soberanía para enfrentar amenazas de impacto multilateral como delincuencia organizada, narcotráfico, lavado de dinero, terrorismo y tráfico de armas.
“El planteamiento para que se anulen todos los convenios internacionales, se les quite inmunidad diplomática y se les juzgue en tribunales mexicanos si alguno incurriera en cohecho, es el escenario dispuesto para un anunciado conflicto internacional con las graves consecuencias”, dijo.
El proyecto aprobado por mayoría establece la creación de dos órganos auxiliares del Consejo de Seguridad Nacional: el Grupo de Alto Nivel de Seguridad, encargado de la atención y gestión de los convenios, programas y temas estratégicos de cooperación; así como un grupo de coordinación operativa, cuya función será la de coordinar y supervisar la ejecución de los convenios, programas, acciones y acuerdos de cooperación en materia de seguridad.
Establece que los agentes extranjeros podrán ser autorizados para internarse temporalmente en territorio nacional para fines de intercambio de información, en el marco de los convenios y programas de cooperación bilateral suscritos por el Estado mexicano.
El gobierno de México supervisará, en todo momento, el cumplimiento por parte de los agentes extranjeros de las obligaciones legales y de aquellas que deriven de los convenios bilaterales suscritos por el Estado mexicano en materia de seguridad y que contribuyan a preservar la Seguridad Nacional.
“Cuando a juicio de las autoridades mexicanas un agente extranjero incumpla con las disposiciones generales y específicas que le resulten aplicables, el gobierno de México solicitará su retiro al gobierno del Estado acreditante y quedará sujeto a las sanciones que resulten aplicables en términos de las leyes mexicanas”, remarca el articulado.
El dictamen subraya que los agentes extranjeros en México sólo podrán portar las armas de fuego que, en su caso, les autorice la Secretaría de la Defensa Nacional. Además, tendrán prohibido realizar o inducir a terceras personas a realizar detenciones o acciones tendientes a la privación de la libertad, a allanar la propiedad privada o cualquiera otra conducta que resulte violatoria de la Constitución Política.
Asimismo, deberán presentar ante las secretarías de Relaciones Exteriores y de Seguridad y Protección Ciudadana un informe mensual de sus actividades y gestiones ante las diversas autoridades federales, entidades federativas y de los municipios. Del mismo modo, deberán mantener la confidencialidad de la información que obtengan derivado de la aplicación de los convenios de cooperación bilateral.
mmr