CIUDAD DE MÉXICO.- La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados entregó a sus integrantes el proyecto de dictamen para incorporar los delitos de robo de hidrocarburos, uso de programas sociales con fines electorales, así como corrupción en sus modalidades de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, al catálogo de conductas que ameritan prisión preventiva oficiosa.
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No obstante, el predictamen dejó fuera del artículo 19 constitucional otros seis delitos (abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, robo a casa habitación, robo a transporte de carga, desaparición forzada y delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea) que el Senado de la República había incluido entre los actos ilegales por los que el juez debe ordenar oficiosamente la prisión preventiva.
Tras los cuestionamientos de organismos nacionales e internacionales de derechos humanos a la aplicación de esa medida, la comisión legislativa encabezada por la morenista Miroslava Carrillo decidió rectificar la minuta aprobada por los senadores. El proyecto de dictamen de 56 páginas subraya que la base de las modificaciones se enmarca en la configuración de conductas graves que vulneran la seguridad del Estado Mexicano y que a juicio de la comisión dictaminadora solamente son tres:
- El uso de programas sociales con fines electorales.
- La corrupción, tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones.
- Delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.
“Así, la prisión preventiva oficiosa en este tipo de delito es con el objetivo de fortalecer las instituciones democráticas, lograr la observancia de los principios que rigen la materia electoral y proteger la función de los programas sociales de la administración gubernamental del Estado”, señala.
Por lo que hace al uso de programas sociales, la prisión preventiva oficiosa se aplica con el objetivo de fortalecer las instituciones democráticas, lograr la observancia de los principios que rigen la materia electoral y proteger la función de los programas sociales de la administración gubernamental del Estado.
Respecto a los actos de corrupción, “con el objeto de erradicar las malas prácticas y funciones desarrolladas por malos funcionarios se deben considerar como graves las conductas que comentan las o los servidores públicos si su medida aritmética es igual mayor a cinco años, y como consecuencia restringir su libertad, dictando prisión preventiva oficiosa como medida cautelar y se garantice su comparecencia durante todo el proceso, incorporándose al catálogo de delitos graves”.
De igual modo considera necesario incorporar al catálogo de delitos graves el robo de hidrocarburos con la finalidad de preservar la seguridad e integridad de los bienes de la nación, así como de aquellas personas que se vean afectas por la comisión de estos delitos.
“Esta actividad tiene mermas importantes en los ingresos del Estado, afectando su integridad y sus ingresos como consecuencia de actos delictivos en los que ya no solo participa la delincuencia casual, sino que ha sido severamente castigada por la delincuencia organizada ante la facilidad con que se sustraen los hidrocarburos mediante las llamadas tomas clandestinas que se dan en los ductos de Pemex en todo el territorio nacional”, señala el predictamen.
De igual forma proliferan actividades relacionadas con el robo en la extracción y distribución en campos petroleros, terminales de almacenamiento y reparto, terminales marítimas, refinerías y en la carga a buques, alterando los sistemas de medición, sistemas de peso, facturas y sellos, entre otros.
ZNR