El divorcio más rápido en Guanajuato duró solo 12 minutos

Realizan primera audiencia para el trámite de manera virtual ante un juzgado civil en materia familiar

El divorcio más rápido en Guanajuato duró solo 12 minutos
Nacional /

María y Juan, así nombraremos a los protagonistas de esta historia cuyos nombres reales se reservan por la protección de sus datos personales, decidieron terminar con su relación matrimonial y les tocó estar en la primera audiencia por videoconferencia en tiempo real, donde se dictó una sentencia de divorcio, en un tiempo máximo de 12 minutos.

A diferencia de los procesos convencionales, ellos no tuvieron la necesidad de estar presentes en la misma sala del juez, cada quien ingresó, uno desde una computadora y el otro desde su teléfono móvil a la audiencia preparada para ello en el Juzgado Civil en Materia Familiar.

El uso de la tecnología permitió que la audiencia se desarrollara sin contratiempo para ninguna de las partes, ambos escucharon de parte de la juez que llevó el caso los pormenores de la audiencia y al final la sentencia que disolvió su vínculo matrimonial frente a las leyes del estado.

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La audiencia de juicio sobre divorcio incausado, inició puntualmente en el tiempo previsto y concluyó con la sentencia, en el mismo acto, la juzgadora procedió a su explicación, manifestando las partes su conformidad. Al final la resolución por correo electrónico.

 

“El pasado 09 de julio de 2020, el Consejo del Poder Judicial del Estado, presidido por el Mgdo. Héctor Tinajero Muñoz, emitió Acuerdo General relativo al uso de la videoconferencia en tiempo real en los Juzgados Civiles de Partido especializados en materia Familiar, como medida preventiva a fin de asegurar la protección del personal y de las partes que intervienen en las audiencias que se desarrollan en las unidades jurisdiccionales” señaló respecto a este tema el Poder Judicial, mediante un comunicado.

Al tiempo que refrendó el compromiso de continuar adoptando las medidas necesarias para preservar la salud e integridad de las personas justiciables y del personal de los diversos órganos jurisdiccionales y al mismo tiempo garantizar el derecho fundamental a una justicia pronta y expedita.

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