La Laguna.- Ya no habrá más pretextos, de acuerdo a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, luego que el pasado 23 de octubre de 2019 comenzara la primera etapa de la NOM 035 de salud ocupacional en las áreas laborales, se iniciaron la aplicación de medidas de prevención, la identificación de los trabajadores expuestos a acontecimientos traumáticos severos y la difusión de la información.
Será el 23 de octubre de 2020, cuando en la segunda etapa se aplique de manera obligatoria, la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial, la evaluación del entorno organizacional, las medidas y acciones de control, la práctica de exámenes médicos y los registros.
CAMBIOS EN LAS EMPRESAS
De acuerdo a la Secretaría del Trabajo, los centros laborales tienen las obligaciones siguientes: deberán establecer, mantener y difundir una política de prevención de riesgos psicosociales que contemple la prevención de la violencia laboral y la promoción de un entorno organizacional favorable.
Adoptar las medidas para prevenir factores de riesgo psicosocial, promover el entorno organizacional favorable, así como atender las prácticas negativas y los actos de violencia laboral.
Así mismo, las empresas deberán identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y canalizarlos para su atención. Difundir y proporcionar información a los trabajadores.