Fijan criterios para prevenir actos de discriminación en el gobierno

Este mecanismo que entrará en vigor a los 60 días hábiles a partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Fijan criterios para prevenir actos de discriminación en el gobierno
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México, 18 Jul (Notimex).- Autoridades federales publicaron el Protocolo de Actuación de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, a fin de establecer acciones para prevenir y dar atención a casos de discriminación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (APF).

El Protocolo está suscrito por los titulares de las secretarías de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong; de la Función Pública, Arely Gómez González; y del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), Alexandra Haas Paciuc.

Este mecanismo que entrará en vigor a los 60 días hábiles a partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), regulará la actuación de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés en la atención de presuntos actos de discriminación, que cada dependencia y entidad de la APF deberá conformar.

Establece la obligación de las dependencias y entidades de realizar acciones para promover el respeto, la prevención, la protección, la sanción y el ejercicio de los derechos de los servidores públicos; de difundir el Protocolo entre el personal y los proveedores, prestadores de servicios y usuarios.

Entre ellas, la Oficialía Mayor de cada dependencia debe designar temporalmente a las Personas Asesoras, dentro de los diez días hábiles siguientes a la entrada en vigor del Protocolo; y dentro de los 60 días naturales posteriores a la designación de las Personas Asesoras, estas deben acreditar el curso en línea de sensibilización sobre el derecho a la no discriminación.

Además plantea fomentar la cultura de la denuncia, incluir en los programas anuales de capacitación acciones de sensibilización para prevenir la discriminación y promover la cultura institucional de la igualdad, determinar las medidas preventivas necesarias para evitar perjuicios, designar a las Personas Asesoras, y dar seguimiento a las acciones de prevención a la discriminación.

El protocolo establece el proceso de designación, el perfil y las funciones de la Persona Asesora, el tipo y la procedencia de las medidas preventivas, la atención de los casos de discriminación, el desahogo de la denuncia correspondiente, los procesos de conciliación y la notificación, en su caso, al órgano interno de control.

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