Jueza de amparo decidirá si Rosario Robles puede enfrentar proceso en libertad

La libertad personal de la ex secretaria de Desarrollo Social ya no está disposición del juez de control que la está procesando.

Defensa de Rosario Robles presentará denuncia por expedición de licencia falsa
Nacional /

CIUDAD  DE MÉXICO.- La libertad personal de Rosario Robles Berlanga quedó a disposición de una juez de amparo, quien decidirá de manera directa si la ex secretaria de Desarrollo Social podrá enfrentar su proceso en libertad.

María Dolores Núñez Solorio, jueza Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal, otorgó una suspensión definitiva a la ex funcionaria con la cual asumió la capacidad de decidir si decreta una medida cautelar distinta a la prisión preventiva justificada, una vez que se resuelva de fondo el amparo, para que Rosario Robles pueda abandonar el penal de Santa Martha Acatitla.

MILENIO buscó a Epigmenio Mendieta, abogado de Robles Berlanga, para conocer más a fondo la resolución de Núñez Solorio, y explicó:

“La finalidad de tener una suspensión de esta naturaleza es que la libertad personal no quede a disposición del juez (de control del Centro de Justicia Penal con sede en el reclusorio Sur) que la está procesando. La autoridad le dice pásamela, yo me la quedó conmigo y lo que yo decida respecto a su libertad personal está bajo mi responsabilidad, ya no está bajo la tuya, ese es el efecto que tiene.

“La juez está en posibilidad de resolver, cuando tenga que hacerlo, lo que corresponda respecto a la libertad personal” de Rosario Robles.

Por otra parte, la juez rechazó conceder la suspensión definitiva a Rosario Robles, quien impugnó la constitucionalidad del artículo 166 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) que establece que cuando las personas están enfermas o son de la tercera edad, la edad que deben de tener para enfrentar su proceso en libertad es de 70 años.

Este fue uno de los argumentos que utilizó el juez de control Ganther Alejandro Villar Ceballos para no modificar la medida cautelar de Rosario Robles.

“Nosotros consideramos que este artículo, así como está redactado es inconstitucional porque todos los tratados internacionales e incluso los que obran en México, a las personas de la tercera edad se les considera por arriba de los 60 años, entonces que una ley, como el CNPP suba el estándar de edad a los mayores de 70, pues es claramente abierto o contradictorio a los que establece la Constitución y Tratados Internacionales”, explicó Epigmenio Mendieta.

Rosario Robles reclamó la iniciativa, la discusión, la constitucionalidad y la publicación de dicho artículo, pero la juez señaló que dicha ley ya tuvo su proceso y se discutió, por lo que está vigente y no se puede suspender el estatuto. No obstante, la juzgadora tendrá que analizar la constitucionalidad del artículo.

Rosario Robles promovió el amparo contra la resolución dictada por el juez Ganther Alejandro, quien el pasado 30 de abril rechazó modificar la medida cautelar de prisión preventiva justificada que le fue impuesta el 13 de agosto de 2019.

En la audiencia privada, la defensa de Rosario Robles solicitó que se le modificará la prisión preventiva justificada.

La defensa argumentó que Robles es mayor de 60 años, tiene hipertensión arterial y padecimientos crónicos respiratorios, además de que existe riesgo de que contraiga covid-19, pero el juez rechazó la petición.

En la solicitud se mencionó que la alcaldía Iztapalapa, donde se localiza el centro penitenciario, es una de las zonas que más contagios por coronavirus se registra en la Ciudad de México; sin embargo, el juez Ganther Alejandro declaró infundada la petición.

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CIUDAD  DE MÉXICO.- La libertad personal de Rosario Robles Berlanga quedó a disposición de una juez de amparo, quien decidirá de manera directa si la ex secretaria de Desarrollo Social podrá enfrentar su proceso en libertad.

María Dolores Núñez Solorio, jueza Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal, otorgó una suspensión definitiva a la ex funcionaria con la cual asumió la capacidad de decidir si decreta una medida cautelar distinta a la prisión preventiva justificada, una vez que se resuelva de fondo el amparo, para que Rosario Robles pueda abandonar el penal de Santa Martha Acatitla.

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MILENIO buscó a Epigmenio Mendieta, abogado de Robles Berlanga, para conocer más a fondo la resolución de Núñez Solorio, y explicó:

“La finalidad de tener una suspensión de esta naturaleza es que la libertad personal no quede a disposición del juez (de control del Centro de Justicia Penal con sede en el reclusorio Sur) que la está procesando. La autoridad le dice pásamela, yo me la quedó conmigo y lo que yo decida respecto a su libertad personal está bajo mi responsabilidad, ya no está bajo la tuya, ese es el efecto que tiene.

“La juez está en posibilidad de resolver, cuando tenga que hacerlo, lo que corresponda respecto a la libertad personal” de Rosario Robles.

Por otra parte, la juez rechazó conceder la suspensión definitiva a Rosario Robles, quien impugnó la constitucionalidad del artículo 166 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) que establece que cuando las personas están enfermas o son de la tercera edad, la edad que deben de tener para enfrentar su proceso en libertad es de 70 años.

Este fue uno de los argumentos que utilizó el juez de control Ganther Alejandro Villar Ceballos para no modificar la medida cautelar de Rosario Robles.

“Nosotros consideramos que este artículo, así como está redactado es inconstitucional porque todos los tratados internacionales e incluso los que obran en México, a las personas de la tercera edad se les considera por arriba de los 60 años, entonces que una ley, como el CNPP suba el estándar de edad a los mayores de 70, pues es claramente abierto o contradictorio a los que establece la Constitución y Tratados Internacionales”, explicó Epigmenio Mendieta.

Rosario Robles reclamó la iniciativa, la discusión, la constitucionalidad y la publicación de dicho artículo, pero la juez señaló que dicha ley ya tuvo su proceso y se discutió, por lo que está vigente y no se puede suspender el estatuto. No obstante, la juzgadora tendrá que analizar la constitucionalidad del artículo.

Rosario Robles promovió el amparo contra la resolución dictada por el juez Ganther Alejandro, quien el pasado 30 de abril rechazó modificar la medida cautelar de prisión preventiva justificada que le fue impuesta el 13 de agosto de 2019.

En la audiencia privada, la defensa de Rosario Robles solicitó que se le modificará la prisión preventiva justificada.

La defensa argumentó que Robles es mayor de 60 años, tiene hipertensión arterial y padecimientos crónicos respiratorios, además de que existe riesgo de que contraiga covid-19, pero el juez rechazó la petición.

En la solicitud se mencionó que la alcaldía Iztapalapa, donde se localiza el centro penitenciario, es una de las zonas que más contagios por coronavirus se registra en la Ciudad de México; sin embargo, el juez Ganther Alejandro declaró infundada la petición.

 

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