Ministro de la SCJN propone declarar inconstitucional consulta para enjuiciar a ex presidentes

El proyecto será discutido en la sesión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el próximo jueves 1 de octubre.

Ministro de la SCJN propone declarar inconstitucional consulta para enjuiciar a ex presidentes
Nacional /

MÉXICO.- El ministro Luis María Aguilar consideró "un concierto de inconstitucionalidades" la solicitud de consulta popular del presidente Andrés Manuel López Obrador para enjuiciar a sus antecesores Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo, Vicente Fox, Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto.

En el proyecto revisión de constitucionalidad de la materia de consulta popular 1/2020 detalla que la Suprema Corte de Justicia de la Nación considera improcedente el ejercicio, toda vez que conlleva en sí una restricción de los derechos humanos y una afectación a las garantías.

"Una vez delimitado lo anterior, esta Suprema Corte de Justicia de la Nación considera que el objeto de la consulta popular debe considerarse inconstitucional, pues la materia que se solicita consultar, de acuerdo a su diseño y contenido, conlleva en sí una restricción de los derechos humanos de las mexicanas y mexicanos y una afectación a las garantías para su protección, al condicionar su efectividad y ejecución al resultado de ese mecanismo participativo; desnaturalizando con ello su propósito y finalidad", detalla.

Agrega que no puede someterse a la voluntad popular decisiones que en cualquier sentido impliquen una restricción de los derechos humanos ni de sus garantías de protección, por lo que la solicitud del Ejecutivo Federal "advierte por las múltiples violaciones constitucionales que aun en forma individual son suficientes para sostener la inconstitucionalidad del objeto de la consulta popular pretendida".

El ministro Aguilar considera que en caso de acreditarse un sanción penal o administrativa a los expresidentes mencionados, "escapa a la opinión y consulta de la ciudadanía mexicana, debido a que en atención al derecho de acceso a la justicia y a la reparación de las víctimas, ofendidos y a las posibles víctimas indirectas de esos supuestos delitos" y "las autoridades del Estado mexicano se encuentran obligadas a denunciar cualquier hecho y a llevar a cabo todas las investigaciones necesarias para llegar a la verdad y sancionar cualquier delito cometido por cualquier persona —sea un expresidente, exfuncionario o cualquier persona que atente contra el Estado de Derecho y contra los derechos humanos particulares de cualquier persona—".

Por todo lo anterior, concluye que " se trata de un concierto de inconstitucionalidades que pudieran incidir negativamente en el acceso a la justicia, la persecución de los delitos y el Estado de Derecho mismo, lo cual implica la afectación de los derechos humanos de todas las mexicanas y los mexicanos".

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MÉXICO.- El ministro Luis María Aguilar consideró "un concierto de inconstitucionalidades" la solicitud de consulta popular del presidente Andrés Manuel López Obrador para enjuiciar a sus antecesores Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo, Vicente Fox, Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto.

 

En el proyecto revisión de constitucionalidad de la materia de consulta popular 1/2020 detalla que la Suprema Corte de Justicia de la Nación considera improcedente el ejercicio, toda vez que conlleva en sí una restricción de los derechos humanos y una afectación a las garantías.

 

"Una vez delimitado lo anterior, esta Suprema Corte de Justicia de la Nación considera que el objeto de la consulta popular debe considerarse inconstitucional, pues la materia que se solicita consultar, de acuerdo a su diseño y contenido, conlleva en sí una restricción de los derechos humanos de las mexicanas y mexicanos y una afectación a las garantías para su protección, al condicionar su efectividad y ejecución al resultado de ese mecanismo participativo; desnaturalizando con ello su propósito y finalidad", detalla.

 

Agrega que no puede someterse a la voluntad popular decisiones que en cualquier sentido impliquen una restricción de los derechos humanos ni de sus garantías de protección, por lo que la solicitud del Ejecutivo Federal "advierte por las múltiples violaciones constitucionales que aun en forma individual son suficientes para sostener la inconstitucionalidad del objeto de la consulta popular pretendida".

 

El ministro Aguilar considera que en caso de acreditarse un sanción penal o administrativa a los expresidentes mencionados, "escapa a la opinión y consulta de la ciudadanía mexicana, debido a que en atención al derecho de acceso a la justicia y a la reparación de las víctimas, ofendidos y a las posibles víctimas indirectas de esos supuestos delitos" y "las autoridades del Estado mexicano se encuentran obligadas a denunciar cualquier hecho y a llevar a cabo todas las investigaciones necesarias para llegar a la verdad y sancionar cualquier delito cometido por cualquier persona —sea un expresidente, exfuncionario o cualquier persona que atente contra el Estado de Derecho y contra los derechos humanos particulares de cualquier persona—".

 

Por todo lo anterior, concluye que " se trata de un concierto de inconstitucionalidades que pudieran incidir negativamente en el acceso a la justicia, la persecución de los delitos y el Estado de Derecho mismo, lo cual implica la afectación de los derechos humanos de todas las mexicanas y los mexicanos".

 

 

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