En sesión extraordinaria el Consejo General del Instituto Nacional Electoral impuso una multa por más de 18 mil pesos al Partido Acción Nacional del Estado de Guanajuato por omisiones en fiscalización durante el proceso electoral 2021, esto debido a que no se rechazaron aportaciones por la colocación de 50 viniles microperforados en una línea de taxis en el municipio de León.
En el documento se indica una multa por la cantidad de 18 mil 449 pesos al PAN Guanajuato, aduciendo a que se realizó una portación de propaganda electoral en los taxis a la candidatura de la aspirante a la Presidencia Municipal de León, lo cual está prohibido en las normas electorales.
Portación de propaganda electoral en taxis: Por lo que hace a la portación de propaganda electoral en los taxis ‘Super Taxi Línea Dorada A.C.’, se tiene certeza de que dicha persona moral realizó el pago de la cantidad de $7,600.00 (siete mil seiscientos pesos 00/100 M.N.) por concepto de autorización para portar publicidad en vehículos de transporte público y especial, por mes y por cada vehículo a nombre de "Súper Taxi Línea Dorada A.C"
El análisis de la transparencia en el gasto realizado por candidatos y partidos es llevado a cabo por la Unidad Técnica de Fiscalización del INE a nivel nacional, quien realiza las investigaciones de los hechos denunciados, a la par de la investigación de los ingresos y gastos de campaña que fueron erogados.
El próximo 22 de julio es la fecha límite para que la autoridad electoral nacional entregue el dictamen y resolución de los informes de ingresos y gastos de campaña del Proceso Electoral 2020-2021 para determinar qué partidos y candidatos habrían rebasado el tope de gastos de campaña.
A nivel nacional la autoridad electoral resolvió 66 procedimientos de quejas, de los cuales 10 fueron declaradas fundados, entre ellos la realizada al PAN en Guanajuato.
Otro de los casos corresponde al del alcalde electo de San Miguel de Allende por el PRI, Mauricio Trejo Pureco en contra de quien el PAN presentó una denuncia por presuntamente rebasar en 72 por ciento el tope de gastos de campaña y por omisiones en el reporte de fiscalización de eventos; de determinar la Unidad Técnica de Fiscalización del INE que el alcalde electo rebasó en más del 5 por ciento el tope de campaña, la elección podría llegar a anularse