Ordenan a FGR determinar si reconoce o no como víctimas a familiares de Israel Vallarta

Un juez otorgó un amparo a María Guadalupe Vallarta Cisneros, quien junto con otros familiares buscan tener acceso a los servicios que ofrece la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

Ordenan a FGR determinar si reconoce o no como víctimas a familiares de Israel Vallarta
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MÉXICO.- Un juez federal otorgó un amparo a María Guadalupe Vallarta Cisneros, hermana del presunto líder de secuestradores Los Zodiacos, Israel Vallarta, sentencia que ordena a la Fiscalía General de la República (FGR) a que determine si le da o no a la quejosa el carácter de víctima en diversas carpetas de investigación.

Guadalupe Vallarta y otros familiares buscan que se les reconozca con dicho carácter para tener acceso a los servicios que ofrece la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV). 

La mujer ha denunciado desde hace años que sus hermanos fueron torturados en diversos momentos por autoridades de la entonces Procuraduría General de la República (PGR) y de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) que encabezó Genaro García Luna. 

Ha declarado que cuando su hermano Israel Vallarta fue detenido el 9 de diciembre de 2005, los elementos de la Agencia Federal de Investigación (AFI) de la PGR lo torturaron para que señalara a su entonces pareja sentimental, la francesa Florence Cassez, como integrante de la organización delictiva.

Guadalupe Vallarta impugnó que el fiscal en jefe del Núcleo “B” de la Unidad de Investigación y Litigación de la Fiscalía Especial en Investigación del Delito de Tortura, de la (FGR) rechazó reconocerla, así como a otros familiares, con la calidad de víctima.

Juan Mateo Brieba de Castro, juez Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal, otorgó la protección de la justicia a María Guadalupe y ordenó al fiscal de dicha unidad dejar sin efecto la resolución que emitió el 9 de diciembre de 2019 y dictar una nueva con libertad de jurisdicción, “en la que de manera fundada y motivada” determine la procedencia o no de reconocerle a María Guadalupe y al resto de los quejosos “la calidad de víctimas”.

La determinación deberá ser notificada por vía correo electrónica. En el expediente se aprecia que el fiscal manifestó que no negó a la parte quejosa la calidad de víctima como lo pretendía hacer valer con la impresión de correos electrónicos que intercambió con ella en diciembre de 2019. 

El servidor público explicó que las investigaciones que aluden los promoventes, se encuentran en trámite y en etapa de investigación inicial, de ahí que hasta ese momento no era posible otorgarles el reconocimiento de víctimas.

El fiscal refirió que no existía dentro de las carpetas de investigación algún pedimento formal de los quejosos para que se les reconozca la calidad a la que aluden y que del contenido de los correos electrónicos relativos, se desprende que no se ha negado de plano reconocer la calidad mencionada.

No obstante, el juez puntualizó que, si bien la parte quejosa no hizo una petición formal, porque lo hizo a través de un correo electrónico, que antes de la pandemia por covid-19 no implicaba una actuación ministerial, “se estima que materialmente es un acto de autoridad”, dado que tuvo su origen de una relación de supra a subordinación entre la responsable y los promoventes de amparo.

“Asimismo con la emisión del citado correo que contiene el acto reclamado se deja en estado de incertidumbre e inseguridad jurídica a los promoventes de amparo, aunado a que no se cumple con el principio de legalidad que debe regir todo acto de autoridad, pues desconocen los fundamentos y motivos de la determinación de la responsable, es decir, la narrativa de las normas, los hechos y las razones que sustenten su emisión".

"A final de cuentas no saben concretamente en atención a la mecánica de los hechos y el marco normativo aplicable porque aún no se les considera víctimas; en el entendido de que para que tuviera tal carácter no es necesario que el hecho esté plenamente demostrado". “Por ende, la actuación de la autoridad ministerial no es acorde al derecho humano de legalidad y a los parámetros de regularidad constitucional”, indica la sentencia.

​En septiembre del presente año, un juez de Distrito ordenó la aprehensión de Luis Cárdenas Palomino, ex director de Seguridad Regional de la Policía Federal, persona de confianza de Genaro García Luna, por su presunta responsabilidad en el delito de tortura.

La FGR acusó a Cárdenas Palomino de ordenar la tortura de cuatro personas, entre ellos, de Mario Vallarta Cisneros, hermano de Israel, y de su sobrino Sergio Cortéz Vallarta, pero estos delitos presuntamente se cometieron el 27 de abril de 2012. 

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