México.- Recientemente se dio a conocer que el Servicio de Administración Tributaria otorga como fecha límite hasta 15 de febrero para presentar el aviso relativos a las deducciones de pérdidas por los créditos incobrables
Este se trata del aviso de los contribuyentes que sufrieron pérdidas por créditos incobrables, lo que tienen que hacer para poder aplicar las deducciones correspondientes a la declaración anual.
¿Quiénes son las personas que presentan el aviso para deducir cuentas incobrables ante el SAT?
Aquellas personas físicas y morales con actividades empresariales que quieran deducir pérdidas.
SIGUE ESTOS PASOS PARA INFORMAR AL SAT DE LOS CRÉDITOS INCOBRABLES:
*Entra al SAT a la sección de “presenta tu aclaración como contribuyente”; tienes que ingresar tu RFC y contraseña del contribuyente.
*Debes seleccionar las opciones servicios por internet/ servicio o solicitudes/ solicitud y aparecerá un formulario electrónico.
*Luego en el apartado Descripción del Servicio, selecciona la pestaña de Trámite y luego da clic en 54/ ISR PÉRDIDAS CRÉDITOS INCOB que tendrá ser dirigido al SAT
*Finalmente si quieres ingresar información relacionada con la solicitud, selecciona el botón Adjuntar Archivo, selecciona el documento y elige cargar; después oprime el botón
México.- Recientemente se dio a conocer que el Servicio de Administración Tributaria otorga como fecha límite hasta 15 de febrero para presentar el aviso relativos a las deducciones de pérdidas por los créditos incobrables
Este se trata del aviso de los contribuyentes que sufrieron pérdidas por créditos incobrables, lo que tienen que hacer para poder aplicar las deducciones correspondientes a la declaración anual.
¿Quiénes son las personas que presentan el aviso para deducir cuentas incobrables ante el SAT?
Aquellas personas físicas y morales con actividades empresariales que quieran deducir pérdidas.
SIGUE ESTOS PASOS PARA INFORMAR AL SAT DE LOS CRÉDITOS INCOBRABLES:
*Entra al SAT a la sección de “presenta tu aclaración como contribuyente”; tienes que ingresar tu RFC y contraseña del contribuyente.
*Debes seleccionar las opciones servicios por internet/ servicio o solicitudes/ solicitud y aparecerá un formulario electrónico.
*Luego en el apartado Descripción del Servicio, selecciona la pestaña de Trámite y luego da clic en 54/ ISR PÉRDIDAS CRÉDITOS INCOB que tendrá ser dirigido al SAT
*Finalmente si quieres ingresar información relacionada con la solicitud, selecciona el botón Adjuntar Archivo, selecciona el documento y elige cargar; después oprime el botón