El presidente Enrique Peña Nieto promulgó la Ley de Seguridad Interior, pero anunció que no emitirá ninguna declaratoria de protección hasta que concluya el análisis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Ayer, durante la clausura de la 43 Sesión del Consejo Nacional de Seguridad, celebrada en Palacio Nacional, recordó que durante la discusión de la legislación colectivos de derechos humanos y académicos expresaron que es inconstitucional.
“Como sabemos, corresponde únicamente a nuestro máximo tribunal decidir cuándo una norma se apega a la Constitución y a los tratados internacionales en materia de derechos humanos.
“De acuerdo con nuestro marco jurídico, la Suprema Corte solo puede pronunciarse sobre una ley una vez que ha sido promulgada, por tanto doy la bienvenida al análisis que en su momento lleve a cabo”, expresó.
El mandatario dijo estar consciente de que este ordenamiento “es especialmente sensible para la vida pública del país”, por lo que “no emitiré Declaratoria de Protección de Seguridad Interior en los términos de esta ley hasta que el máximo tribunal decida sobre su constitucionalidad”.
Estableció que la SCJN será el árbitro legitimado constitucionalmente para tomar una resolución definitiva, pero aclaró que no finalizará la intervención de la Federación en materia de seguridad pública en auxilio de los estados que lo necesitan.
Aseguró que esta ley también permite tomar conciencia sobre la urgencia de que las autoridades estatales y municipales fortalezcan sus capacidades institucionales para proteger a la población.
“Nos recuerda la necesidad de tomar una definición sobre otro tema largamente pospuesto: si debemos seguir con más de mil 800 policías municipales o construir, como propuse al Congreso de la Unión, hace más de tres años, 32 policías estatales profesionales confiable y eficaces”, indicó.
En su discurso, Peña Nieto resaltó que, pese al gran esfuerzo nacional, muchos estados todavía no han logrado desarrollar corporaciones sólidas, confiables y eficaces, y alrededor de 600 municipios no cuentan con una fuerza policial propia, por lo que “el Estado mexicano se ha visto en la necesidad de emplear de manera subsidiaria y temporal a las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública”.
Enfatizó que el despliegue en distintas entidades no pretende suplir, sino complementar las capacidades de los cuerpos de seguridad civiles locales. “En todos los casos, su actuación se deriva de la solicitud de los gobiernos estatales; hubiera sido irresponsable dejar a su suerte a la población civil ante el embate de la criminalidad”.
Destacó que, en su momento, la SCJN resolvió que las fuerzas armadas pueden actuar en tareas de seguridad pública en auxilio a la autoridad civil y en tareas de seguridad interior bajo del mando del Presidente, además de que la atribución de intervenir en seguridad interior se encuentra prevista en la fracción VI del artículo 89 de la Constitución.
“Hasta hoy esa atribución ha tenido que ser ejercida sin el respaldo de una ley reglamentaria; la ausencia de una legislación secundaria se ha traducido en incertidumbre, tanto para los miembros de las fuerzas armadas como para los propios ciudadanos”, refirió.
El mandatario aseguró que el espíritu de la ley da certeza jurídica a la actuación de las fuerzas armadas en la preservación de la seguridad interior y, al mismo tiempo, establece límites al uso discrecional de las mismas.
“La ley deja claro que en ningún momento se exime a las autoridades locales del cumplimiento de sus responsabilidades, además las obliga a llevar a cabo un programa de fortalecimiento de las capacidades institucionales con el apoyo subsidiario de las autoridades federales”, finalizó.
La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó ayer en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se expide la ley, que tiene por objeto regular la función del Estado para preservar la seguridad. También establece bases, procedimientos y modalidades de coordinación entre Federación, entidades y municipios en la materia.