MONTERREY.- En caso de que una persona reciba una casa como herencia o donativo de su cónyuge con valor superior a los 600 mil pesos, debe ser parte de la declaración anual del contribuyente, señaló el Contador Raúl Montemayor.
Mencionó que la mayoría de las personas desconocen este término marcado en el artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, sin embargo de no cumplir con este requisito podría hacerlo acreedor de sanciones.
En caso de que la persona no incluya esta declaración el fisco puede aplicarle multas donde pagaría hasta 35 por ciento del valor de la propiedad. El contador recomienda acercarse con un especialista en el tema para evitar las multas.
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