Resolución sobre el aborto abre la puerta al amparo para Guanajuato

Las mujeres podrán recurrir al amparo para garantizar su derecho a decidir interrumpir el embarazo, sin enfrentar consecuencias penales por ello.

Resolución sobre el aborto abre la puerta al amparo para Guanajuato
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Tras dos intentos fallidos durante la LXIV legislatura, uno del PRD y otro de Morena, para legislar la despenalización del aborto en el congreso del estado de Guanajuato, la resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abre la puerta para que las mujeres del estado puedan ampararse ante su derecho a interrumpir el embarazo, manifestaron diputadas locales de oposición.

Es sumamente importante, porque en este caso va a existir un amparo en caso de que las mujeres puedan llegar a ser calificadas como delincuentes, solo un delincuente es quien tiene un procedimiento penal para ser encarcelado. El hecho de que la Suprema Corte de Justicia dé este dictamen tan importante en el país, significa poder acudir a un amparo, porque sería anticonstitucional que abrieran una carpeta por un delito que no es delito señaló la diputada local por Morena Magdalena Rosa

Con unanimidad de 10 votos, la SCJN declaró este 7 de septiembre como inconstitucional criminalizar el aborto, lo cual obliga a todos los jueces y juezas de México, incluyendo a nivel local, a que al resolver casos futuros deberán considerar que son inconstitucionales las normas penales de los estados que penalizan el aborto.

La medida busca reconocer los derechos de las mujeres y las gestantes a tener libertad reproductiva, por lo que en el caso de Guanajuato y de los estados donde el aborto no se ha despenalizado, las mujeres pueden recurrir al juicio de amparo ante la negativa, explicó la diputada local por el Partido Verde, Vanessa Sánchez Cordero.

 

 

 

 

El Partido Acción Nacional se acogió a la protección de la vida desde la concepción y en ese momento ellos explicaban que había tratados internacionales firmados por México donde se obligaba a la protección de la vida y que en la propia constitución del estado se reconoce esta protección a la vida desde el momento de la concepción, ellos lo tomaron como absoluto en el caso del aborto. Uno de los argumentos que yo planteaba era el porqué la protección a la vida es válida en el caso del aborto, pero no en el caso de la legítima defensa Vanessa Sánchez Cordero.

El juicio de amparo es un instrumento de defensa de los derechos del individuo contra los actos de la autoridad y contra las normas que vulneren los derechos humanos reconocidos, en este caso el del aborto, por lo cual las mujeres podrán recurrir a él para garantizar su derecho a decidir, sin enfrentar consecuencias penales por ello.

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