SCJN descarta resolver en julio controversia de Jaime Rodríguez 

En la actualización de asuntos a ver en las sesiones ordinarias de esta Sala no se encuentra enlistado el expediente que corresponde a la controversia que interpuso el mandatario estatal

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Nacional /

MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) alargará aún más la resolución de la controversia constitucional del gobernador Jaime Rodríguez Calderón al no tenerla contemplada en las dos sesiones restantes de la Primera Sala para el mes de julio.

En la actualización de asuntos a ver en las sesiones ordinarias de esta Sala para el 22 y 29 de julio del presente año no se encuentra enlistado el expediente 310/2019, el cual corresponde a la controversia que interpuso el mandatario estatal para evitar ser sancionado por el Congreso local por las anomalías detectadas en la recolección de firmas para concretar su entonces campaña presidencial.

Fue el miércoles pasado cuando el Ministro ponente del caso, Juan Luis González Alcántara Carrancá, decidió aplazar el asunto sin poner una fecha en específico para resolverlo.

El sentido del proyecto prevé dar la razón al gobernador Jaime Rodríguez, ya que a criterio del ministro ponente las reglas procesales de la sanción del Congreso local en contra del gobernador son inconstitucionales.

"En opinión de esta Primera Sala, las reglas procesales que el Congreso local expidió a través del acuerdo impugnado para sancionar al Titular del Poder Ejecutivo local son inconstitucionales por qué no se ajustan al sistema de responsabilidad previsto en el Título Cuarto de la Constitución Federal", se lee en el proyecto.

Ello al argumentar que lo conducente es aplicar un juicio político al mandatario estatal, ya que las irregulares cometidas están sustentadas en los artículos 109 y 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

"En efecto, el Congreso local creó un procedimiento especial para sancionar al Titular del Poder Ejecutivo local, en lugar de apegarse al sistema de responsabilidad contemplado a nivel constitucional y también previsto en la legislación local para aplicar dichas normas en el proceso que se analiza.

"Este novedoso procedimiento del Congreso local no se ajusta al juicio político previsto en los artículos 109 y 110 de la Constitución Federal, Pues como ya se dijo en esta resolución, al tratarse de una vulneración al párrafo séptimo del artículo 134 constitucional, así como la violación de normas federales, en tanto se trató de la obtención del registro para ser candidato a presidente de la república, se debió señalar que lo procedente era el juicio político previsto en la Constitución Federal", refiere el documento.

Con esto, se espera que sea en las sesiones del mes de agosto cuando la Corte defina de una vez por todas la resolución de la controversia que ha causado mucha polémica y críticas tanto al gobernador, como a los diputados locales, mismos que han estado en una guerra de declaraciones desde hace poco más de dos años.

 

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