Segob pide a estados mesura en medidas ante emergencia por coronavirus

Llamó a las autoridades estatales evitar las sanciones penales como medidas para reducir la movilidad, pues algunas podrían ser violatorias de los derechos humanos.

Segob pide a estados mesura en medidas ante emergencia por coronavirus
Nacional /

MÉXICO.- La Secretaría de Gobernación llamó a los gobiernos estatales a no hacer uso de sanciones penales como herramienta para que las personas acaten las medidas de resguardo domiciliario para evitar los contagios de covid-19, ya que algunas de éstas podrían ser inconstitucionales.

A través de un comunicado, la dependencia refirió que el subsecretario de Derechos Humanos, Alejandro Encinas, aseguró que imponer resguardo domiciliario a través de sanciones penales es una medida desproporcional.

“Desde la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración se hace un llamado a la mesura y al uso de la ciencia y la corresponsabilidad para el diseño de medidas frente a la emergencia sanitaria”, detalló.

El funcionario refirió que a pesar de que la reducción de movilidad es fundamental para mitigar la propagación del virus, no se puede imponer el resguardo domiciliario mediante sanciones penales, ya que es una medida desproporcional.

Encinas destacó el caso de Querétaro que recién aprobó una reforma a su Código Penal que contempla delitos nuevos y endurece existentes, bajo el argumento del combate a la propagación del virus SARS-CoV2, que provoca la covid-19.

Sin embargo, la reforma prevé el aumento de penas y la adición de otros delitos no relacionados con el combate a la pandemia, como es la criminalización de la protesta social considerando que en su artículo 289 que contempla de dos a cinco años de prisión a las personas que obstruyan obras o trabajos públicos, con la agravante de cuatro a seis años si participan varias personas.

La suma de estos delitos redactados de forma poco clara y amplia, aseguró el subsecretario, violan los principios de legalidad, taxatividad y seguridad jurídica, ya que se pueden conseguir el mismo objetivo con sanciones menos restrictivas.

El subsecretario argumentó que el aumento de penas privativas de la libertad no garantiza una disminución de los delitos, lesiona el tejido social, satura las prisiones, implican un gasto alto para el erario; por lo que tiene efectos trascendentales sobre los familiares y dependientes de las personas condenadas.

Además de que, aseguró, las sanciones penales como las planteadas por el Congreso de Querétaro para hacer frente a la contingencia, criminalizan la pobreza y tienen efectos desproporcionales sobre grupos excluidos y vulnerables.

mvls 

MÉXICO.- La Secretaría de Gobernación llamó a los gobiernos estatales a no hacer uso de sanciones penales como herramienta para que las personas acaten las medidas de resguardo domiciliario para evitar los contagios de covid-19, ya que algunas de éstas podrían ser inconstitucionales.

 

A través de un comunicado, la dependencia refirió que el subsecretario de Derechos Humanos, Alejandro Encinas, aseguró que imponer resguardo domiciliario a través de sanciones penales es una medida desproporcional.

“Desde la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración se hace un llamado a la mesura y al uso de la ciencia y la corresponsabilidad para el diseño de medidas frente a la emergencia sanitaria”, detalló.

El funcionario refirió que a pesar de que la reducción de movilidad es fundamental para mitigar la propagación del virus, no se puede imponer el resguardo domiciliario mediante sanciones penales, ya que es una medida desproporcional.

Encinas destacó el caso de Querétaro que recién aprobó una reforma a su Código Penal que contempla delitos nuevos y endurece existentes, bajo el argumento del combate a la propagación del virus SARS-CoV2, que provoca la covid-19.

Sin embargo, la reforma prevé el aumento de penas y la adición de otros delitos no relacionados con el combate a la pandemia, como es la criminalización de la protesta social considerando que en su artículo 289 que contempla de dos a cinco años de prisión a las personas que obstruyan obras o trabajos públicos, con la agravante de cuatro a seis años si participan varias personas.

La suma de estos delitos redactados de forma poco clara y amplia, aseguró el subsecretario, violan los principios de legalidad, taxatividad y seguridad jurídica, ya que se pueden conseguir el mismo objetivo con sanciones menos restrictivas.

El subsecretario argumentó que el aumento de penas privativas de la libertad no garantiza una disminución de los delitos, lesiona el tejido social, satura las prisiones, implican un gasto alto para el erario; por lo que tiene efectos trascendentales sobre los familiares y dependientes de las personas condenadas.

Además de que, aseguró, las sanciones penales como las planteadas por el Congreso de Querétaro para hacer frente a la contingencia, criminalizan la pobreza y tienen efectos desproporcionales sobre grupos excluidos y vulnerables.

 

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