El Senado aprobó una serie de reformas para garantizar el respeto a los derechos humanos de las personas discapacitadas y de los adultos mayores en el país.
En total, se aprobaron ocho dictámenes de las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Primera, todos aprobados en votación nominal con 79 votos a favor.
A través de cambios a la legislación secundaria en materia de obra pública y adquisiciones, las autoridades educativas procuren la inclusión de las personas con discapacidad en las escuelas.
En tanto, la reforma a la Ley General de la Infraestructura Física Educativa y de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, así como a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, los discapacitados gozarán de todos los derechos previstos en la Constitución, sin ningún tipo de distingo.
Las medidas contra la discriminación tienen la finalidad de prevenir o de corregir que una persona con discapacidad sea tratada de manera menos favorable que otra que no lo sea, en una situación comparable, de manera deliberada o no.
Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), una de casa siete personas en el mundo tienen alguna forma de discapacidad y más de 100 millones de personas discapacitadas en el mundo son niños.
Los niños con discapacidad son cuatro veces más propensos a experimentar violencia, y 50 por ciento de las personas con discapacidad no puede costear los servicios de salud.
En México, 5 millones 739 mil 270 personas con tienen alguna discapacidad y 68.8 por ciento del total tiene seguridad social, de acuerdo con datos del INEGI.
La discapacidad abarca limitaciones de caminar o moverse, discapacidad visual, mental, auditiva, para hablar o comunicarse, atención y aprendizaje, entre otras.
Los legisladores también modificaron la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y el artículo 52 inciso c) de la Ley de Asistencia Social, para garantizar que el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores realice visitas de inspección y vigilancia a instituciones públicas y privadas que brinden atención a personas mayores.
En tanto, una serie de actualizaciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor impiden el cobro de cuotas extraordinarias o compensatorias a las personas con discapacidad por sus implementos médicos, ortopédicos, tecnológicos, educativos o deportivos necesarios para su uso personal, incluyendo animales de asistencia en el caso de personas débiles visuales.
Los proveedores deben adoptar medidas de accesibilidad o contar con los dispositivos indispensables para que las personas con discapacidad puedan utilizar los bienes o servicios que ofrecen.
El Senado remitió los dictámenes aprobados al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales y a la Cámara de Diputados que establece que todo proyecto aprobado por una cámara debe pasar a la otra para su discusión.