TEPJF permite a Riquelme demostrar que no rebasó topes de gastos de campaña

INE tiene un plazo de 15 días para llamar al Revolucionario Institucional y explicarle los gastos que deberá comprobar.

TEPJF permite a Riquelme demostrar que no rebasó topes de gastos de campaña
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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la impugnación del dictamen  del Instituto Nacional Electoral INE/CG312/2017 y la resolución INE/CG313/2017 del Consejo General, en relación a las irregularidades encontradas en la revisión de los informes de campaña de los ingresos y gastos de Miguel Ángel Riquelme Solís, Gobernador electo de Coahuila, postulado por la coalición "Por un Coahuila Seguro" en el proceso electoral local ordinario 2016-2017.

La magistrada presidente de la Sala Superior, Janine Madeline Otálora Malassis, explicó que en esta resolución se le da la razón Riquelme Solís en algunas de las impugnaciones presentadas, mientras que en otras no; con esta resolución se le permite demostrar que no rebasó topes de gastos de campaña.

Resolviendo por unanimidad que el INE no vulneró los principios de certeza, legalidad y debido proceso, al no publicar el Reglamento de Fiscalización en el Diario Oficial de la Federación, toda vez que fueron distribuidas las modificaciones a los dictámenes consolidados presentados por la Comisión de Fiscalización, dando tiempo suficiente a los representantes de los partidos políticos para estudiar las modificaciones.

Sin embargo le dio la razón en lo relativo al prorrateo por lo que el INE deberá fundar y rectificar la distribución de los gastos entre los partidos coaligados que postularon a Miguel Ángel Riquelme Solís.

Asimismo se le otorgó al INE un plazo de 15 días para llamar al Revolucionario Institucional y explicarle los gastos que deberá comprobar sobre 13 spots, 8 en donde se le consideró como una producción de video y no como edición y 5 spots de televisión que no le fueron requeridos.

Finalmente dejó sin efectos gastos de publicidad en Facebook que el INE consideró como gasto de campaña aún cuando fue publicidad en tiempo de pre campaña o post campaña, con lo que se le estarían reduciendo 993 mil 13.96 pesos por este concepto.

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