Qué pasa si NO tengo acta de nacimiento

El hecho de no tener un acta de nacimiento que avale la identidad legal de una persona la vuelve invisible ante muchos derechos humanos.

Qué pasa si no tengo acta de nacimiento
Guanajuato /

Hay ocasiones en las que, por cualquier razón, las personas desde que son pequeñas no son registradas ante el Registro Civil y por ende no cuentan con su acta de nacimiento, documento que le da identidad ante la sociedad.

El hecho de no tener un acta de nacimiento que avale la identidad legal de una persona la vuelve invisible y limita las posibilidades a ser acreedor a muchos derechos a lo largo de su vida, es por ello que aquí te decimos las consecuencias de no contar con un registro.


¿Qué pasa si no tengo acta de nacimiento?

El no tener un acta de nacimiento se convierte en un factor de exclusión y discriminación, pues la persona se vuelve estadísticamente invisible en muchas esferas de la medición del desarrollo de la sociedad.

Por ejemplo, el hecho de no tener registro de esta persona no permite saber con exactitud cuántos nacimientos suceden en un año determinado, así como tampoco permite dar seguimiento a las tendencias poblacionales de fecundidad, mortalidad materna e infantil.

Además, el no tener acta de nacimiento no permite que la niña o niño pueda acceder a otros derechos a lo largo de su vida como lo son el derecho a la protección, a la educación y a la salud, impidiendo su inclusión en la vida económica, política y cultural del país.

El registro del nacimiento es un derecho humano reconocido por diversos tratados e instrumentos internacionales ratificados por México, pero también por el marco jurídico nacional, tanto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) como por la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

¿Cómo registrar a un adulto?

Los mexicanos que vivan dentro y fuera del país tienen el derecho a estar registrados ante el Registro Civil y para quienes no lo estén, existe el Registro Extemporáneo de Acta de Nacimiento.

Este registro suele tener costo, pero también cada cierto tiempo en todas las entidades del país hay campañas que ofrecen el servicio sin costo, sólo hay que estar muy atento a ello.


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  • Economía Redacción

​Los requisitos para expedir un acta de nacimiento extemporánea varían según la edad de la persona:

180 días de nacimiento a 2 años

  • Constancia de inexistencia
  • Comprobante de domicilio
  • Certificado de nacimiento
  • Actas de nacimiento o matrimonio de los padres
  • Identificación de los padres

De 2 a 18 años

  • Constancia de inexistencia
  • Comprobante de domicilio
  • Certificado de nacimiento
  • Actas de nacimiento o matrimonio de los padres
  • Identificación de los padres
  • Constancia de estudios o actividad que desempeñe, si estudiara o trabajara
Mayores de edad
  • Constancia de Inexistencia
  • Comprobante de domicilio
  • Certificado de nacimiento
  • Acta de nacimiento y matrimonio de los padres, o bien, acta de nacimiento de hermanos
  • Constancia de estudios o trabajo, si los tuviera
  • Declaración testimonial rendida ante el DIF o Registro Civil Municipal
  • Identificación de los padres
  • Fe de bautismo, si la tuviera

La Constancia de Inexistencia puede conseguirse en el Registro Civil, ahí mismo se realiza el trámite para el acta de nacimiento extemporánea, o bien, se puede conseguir asesoría en el tema. El costo del servicio es de alrededor de $600 pesos. 



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