¿Cuántos años de cárcel recibirán por hacer cirugías estéticas a menores en Colima?

El Congreso del Estado modificó el Código Penal para fijar los castigos en prisión dirigidos a quienes practiquen o autoricen intervenciones cosméticas.

Revisa las sanciones penales vigentes si autorizas una intervención estética infantil| Unsplash
Colima /

En el Congreso del Estado de Colima se aprobaron de forma unánime severas sanciones penales para quienes realicen cirugías estéticas a menores de edad y sin una justificación médica real dentro de todo el territorio de la entidad.

Con esta reforma, según refiere el mismo Poder Legislativo de Colima, dan un paso sumamente importante para proteger la salud integral, el desarrollo físico y la integridad de las infancias frente a los diversos riesgos médicos existentes.

Lo anterior fue realizado durante una sesión oficial efectuada el 19 de junio del 2026, por lo que ahora el Código Penal local establece formalmente penas de 3 a 8 años de prisión a quien cometa este ilícito.

El castigo corporal de 3 a 8 años aplicará de manera directa a quien practique, participe activamente o autorice expresamente estas intervenciones quirúrgicas hacia los menores, las cuales posean únicamente fines puramente estéticos o cosméticos.


¿Qué consecuencias legales adicionales existen para los padres y los médicos cirujanos?

Es importante mencionar que esto aplica aunque los padres o tutores legales de los menores otorguen su consentimiento explícito, es decir, que a pesar de que el padre y la madre den su autorización, el acto es ilegal.

Debido a la nueva tipificación del delito, las personas adultas que otorguen el permiso correspondiente a las clínicas privadas se arriesgarían de inmediato a perder la patria potestad o la custodia definitiva del menor de edad en cuestión.

En cuanto a las penas totales que se pueden recibir por violar la ley, si ocurren lesiones graves o un desenlace fatal como la muerte de la víctima, las sanciones punitivas en la celda se incrementarán de manera drástica.

Si quien opera no es un médico debidamente titulado con cédula profesional, el delito se perseguirá de oficio por la Fiscalía General del Estado.

MQ

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  • Martín Quirarte
  • luis.quirarte@multimedios.com
  • Editor web en Telediario Guadalajara. Licenciado en Ciencias de la Comunicación de la Universidad Enrique Díaz de León. Redacto noticias policiacas, e historias locales de Jalisco, además de las internacionales. Me gusta el béisbol y a veces también escribo sobre eso
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