Durante la vida laborar de un trabajador se puede dar el caso que preste sus servicios tanto para una institución pública como para una privada, y así cotizar tanto para el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como para el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), por lo es conveniente que unifique sus cuentas individuales de las diferentes Instituciones de seguridad social, ya que por ley, ninguna persona debe tener más de una cuenta Afore en el Sistema de Ahorro para el Retiro.
Si este es tu caso y no sabes cómo hacerlo, a continuación de diremos los pasos a seguir para unificar tus cuentas.
Desde el 17 de febrero de 2009 es posible realizar la unificación de cuentas gracias al convenio firmado entre el ISSSTE y el IMSS sobre la portabilidad de derechos.
¿Para qué sirve la unificación de cuentas individuales?
La unificación de cuentas individuales permite que las semanas cotizadas ante el IMSS y el ISSSTE se combinen con la finalidad de tener una mejor pensión cuando llegue el momento de la jubilación.
¿Quién puede solicitar la unificación de sus cuentas?
La unificación de cuentas la puede solicitar el trabajador, el beneficiario de las cuenta, dependencia o entidades.
Para solicitar la unificación de cuentas en necesario:
- Ser el titular o Beneficiario de más de una cuenta de ahorro para el retiro.
- Que por lo menos alguna de las cuentas se encuentre registrada en una Afore.
- Contar con un expediente de identificación del trabajador actualizado que será generado por la Afore con información del trabajador.
Pasos para unificar las cuentas ISSSTE-IMSS
Lo primero es acudir a la Afore que administra la cuenta individual y solicitar la unificación de cuentas correspondientes, presentando los siguientes requisitos:
- Solicitud de unificación de cuentas debidamente requisitada y firmada, misma que será proporcionada por la Afore.
- Identificación oficial vigente
- CURP
- Estado de cuenta de la otra cuenta Individual que se tiene
Los beneficiarios que inicien el trámite de unificación de cuentas, adicionalmente deberán presentar los siguientes documentos en original y copia:
- Acta de defunción del trabajador titular de las cuentas a unificar (copia certificada).
- Identificación oficial del beneficiario, de las señaladas en el punto de identificación oficial.
- Resolución, concesión de pensión, laudo que declare la calidad de beneficiario o documento que acredite el concubinato.
¿Cuá es el plazo de solución para la unificación de cuentas?
El plazo es de 60 días hábiles.
¿Cómo saber qué mis cuentas ya están unificadas?
Una vez concluido el proceso de unificación de cuentas, el trabajador puede solicitar a su Afore la constancia de unificación correspondiente.
PGG