A partir del próximo 1º de julio, entrará en vigor una nueva norma que establece las características y especificaciones para la instalación de medidores de los volúmenes de agua, así como el procedimiento de transmisión diaria de lecturas vía remota para el sector industrial, anunció la Comisión Nacional del Agua (Conagua).
“La correcta medición de las aguas nacionales permitirá fomentar acciones de uso eficiente y prevenir el acaparamiento para alcanzar una gestión integral del recurso hídrico. Así, se tendrá conocimiento de la disponibilidad efectiva de las cuencas y acuíferos del país, lo que permitirá generar consciencia en la sociedad sobre la importancia de su cuidado”, señaló la subdirectora general de Administración de Conagua, Alejandra Icela Martínez Rodríguez.
La norma de observancia obligatoria tiene el objetivo de contar con información veraz respecto del agua que se usa, explota o aprovecha, indicó Martínez Rodríguez, en representación del director general de la Conagua, Germán Arturo Martínez Santoyo, durante la entrega de un reconocimiento al contribuyente M&G Polímeros México, cuya planta de Altamira, Tamaulipas, cumplió con la obligación de contar con un medidor de acuerdo con las reglas generales de medición y con la NMX-AA-179-SCFI-2018.
Por su parte, la coordinadora general de Recaudación y Fiscalización de Conagua, Rosa María Taboada Ochoa, detalló que la norma mexicana NMX-AA-179-SCFI-2018 establece las características y especificaciones para la selección, instalación y operación de los sistemas de medición con que deben contar los contribuyentes.
“Aplica para todos los usuarios de aguas nacionales que, de acuerdo con un título de concesión, tienen la obligación legal de medir los volúmenes que usen, exploten o aprovechen, con excepción de los contribuyentes con uso agrícola y pecuario, ya que dichos usuarios pueden determinar el volumen usado a través de métodos indirectos tal y como lo prevé la Ley Federal de Derechos”, puntualizó la Conagua.
Rosa María Taboada Ochoa indicó que la norma señala la metodología para calcular los volúmenes utilizados y fija el procedimiento para la transmisión de los datos de medición a la Conagua.
Puntualizó que el sistema de medición debe contar con una unidad de transmisión de datos vía remota, cuya función es enviar diariamente la información proveniente de la unidad electrónica a la Conagua.
El envío se debe ajustar para la entrega en el protocolo de transferencia de archivos (FTP) o en servicio de mensaje de texto corto (SMS), aclaró. De este modo, se tiene la información en tiempo real, lo cual permite realizar el cálculo del volumen trimestral aprovechado y del monto a pagar.
Finalmente, se reiteró el llamado a los usuarios de aguas nacionales para que realicen la adquisición e instalación de medidores, pues a partir del próximo 1° de julio deberán cumplir con el envío diario de dato.
¿Qué clase de sanciones habrá en caso de incumplimiento?
El cálculo del derecho a cargo se realizará de manera presuntiva y se tendrá que pagar conforme a la cantidad de metros cúbicos en promedio durante los cuatro últimos trimestres; además, la autoridad fiscal puede ejercer las facultades de comprobación con las que cuenta para, precisamente, llevar a cabo las revisiones que correspondan.
Ante el incumplimiento también podría generase alguna sanción administrativa.
Asimismo, Alejandra Martínez destacó que Conagua impulsa el cumplimiento de la obligación de medición de todos los usuarios de aprovechamientos de aguas nacionales, ya que a partir del 1° de julio entra en vigor oficialmente.
Destacó los trabajos anticipados que realizaron los usuarios de aguas nacionales para implementar la medición bajo los términos de la nueva norma, lo que permitió que comenzaran a enviar a Conagua, vía remota, las lecturas de sus aprovechamientos.
Adicionalmente, indicó que en la presente administración se reconoce el valor social, económico y ambiental del recurso hídrico y su interacción con los procesos naturales y humanos, por lo que uno de los objetivos fundamentales de la institución es garantizar su preservación en cantidad y calidad, lo cual únicamente es posible con la participación conjunta de la sociedad y los sectores productivos.
cog