La nueva obligación fiscal de controles volumétricos también será para los contribuyentes que utilicen para usos propios o de autoconsumo hasta 75 mil litros mensuales de petrolíferos, así lo dio a conocer Eduardo Domínguez, quien es socio de Sociis Abogados, a la plataforma MILENIO-Multimedios.
Eduardo Domínguez explicó que esta medida que entró en vigor desde el 1 de enero de este 2024.
¿Qué pasa si una empresa no cumple con la obligación fiscal Controles Volumétricos del SAT?
El abogado Eduardo Domínguez calificó la regulación como “injusta”, al tiempo que señaló que las sanciones incluyen multas que superan los cinco millones de pesos, la clausura del negocio y, en algunos casos, penas de prisión de tres a ocho años.
“Las nuevas reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025 imponen esta obligación incluso a quienes no requieren permisos de la CRE”.
Además, comentó que la norma impone una carga administrativa significativa, que obliga a las empresas a adquirir y operar equipos especializados, generar reportes diarios y mensuales, y contar con dictámenes de laboratorios certificados; cabe señalar que desde hace varios años, las empresas del sector energético han cumplido con la entrega de reportes de controles volumétricos al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
¿Qué empresas serán afecatdas por la obligación fiscal Controles Volumétrico?
La obligación fiscal Controles Volumétricos, mpactará principalmente a las empresas que consuman más de 75 mil 714 litros mensuales de energéticos como gasolinas, diésel, turbosina, combustóleo, mezclados o no con otros componentes.
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