Cuándo se hace la declaración anual 2024

El Servicio de Administración Tributaria ya señaló en el calendario las fechas en las que se deberá presentar la declaración anual 2024.

El SAT ya ha señalado el calendario con las fechas en las que se deberá presentar la declaración anual 2024 │ Telediario.
Monterrey, Nuevo León. /

No falta mucho tiempo para entregar los documentos que solicita el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para cumplir con la 'Declaración anual 2024'.

Esta declaración que año con año deben presentar las personas físicas y morales debe ser entregada al SAT a más tardar la fecha en la que lo está solicitando, de lo contrario, podrían aplicarse multas a los contribuyentes.

La declaración anual que debe darse al SAT es una obligación fiscal que caa contribuyente debe hacer para mantener informado a Hacienda y Crédito Público sobre tus ingresos, gastos y deducciones, en esta ocasión corresponden a tus comprobantes del año 2023.

Por medio de su sitio oficial, la Administración Tributaria ya marcó el calendario y ha señalado que la fecha para entregar y/o presentar la declaración del año 2024 para las personas físicas será el 30 de abril de 2024.

"Vencimiento de declaración anual de integrantes personas físicas. Abril 2024 (...) Último día para presentar la declaración anual del ISR de tus integrantes personas físicas del ejercicio 2023".

El SAT indica que por internet, la fecha límite para la entrega de esta declaración anual será el 30 de abril de 2024 y se tendrá de 12:00 a 23:59 horas.

SAT pone vigencia a la entrega de la Declaración anual 2024 │ SAT.

¿Qué necesitas para realizar tu declaración anual? 

Los contribuyentes que van a cumplir con la entrega de su declaración anual deberán tomar en cuenta que será necesario tener vigente su RFC y  la E-Firma.

  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
  •  E-firma (firma electrónica) 
  • Contraseña generada en el portal del SAT.

Además, los usuarios deberán presentar datos bancarios como la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) ya que en caso de tener saldo a favor, el SAT requiere una cuenta a la que se pueda hacer alguna devolución

Las personas morales deben presentarse con comprobantes de pagos y retenciones de impuestos, estados financieros y la documentación de créditos fiscales.

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