Luego de que la titular de Amar Nuevo León, Mariana Rodríguez y el gobernador del estado, Samuel García cuidarán el pasado fin de semana a un menor de edad que se encontraba resguardado en el DIF Capullos, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF), desconoció el permiso de convivencia familiar y mencionó a través de un comunicado que la figura de adopción es definitiva y no temporal.
Por lo tanto, la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PFPNNA), solicitó a las instancias estatales información sobre el “proceso de adopción por un fin de semana”, o algún medio alternativo de cuidado familiar por el que se haya dejado bajo el cuidado del matrimonio al menor.
La instancia federal señala que el acto de exponer el rostro del niño públicamente mediante un video en redes sociales, así como dar a conocer los problemas de salud que enfrenta, supone una vulneración a sus derechos de intimidad y protección de datos personales, por lo que esta situación también se investigará.
A pesar de lo señalado por Mariana Rodríguez y Samuel García, de que el centro Capullos depende del Sistema Estatal del DIF Nuevo León, y no del federal, la dependencia indicó que en la particularidad del caso y por el interés superior de proteger la integridad del menor, el Sistema Nacional DIF realizará las acciones necesarias para salvaguardar sus derechos.
Asimismo, se informó que la Secretaría de Gobernación iniciará procedimientos administrativos correspondientes por la actuación de algunos medios de comunicación que replicaron el video del menor compartido en redes sociales por Mariana Rodríguez.
“La adopción, como cualquier medio alternativo de cuidado familiar, debe realizarse en estricto apego a las disposiciones legales aplicables, asegurando en todo momento y como principal fin la integridad de las niñas, niños, o adolescentes involucrados. Por ello, es necesario que toda persona o familia interesada en un proceso de adopción cuente con un certificado de idoneidad, el cual solo puede ser expedido por el Sistema Nacional DIF, los Sistemas Estatales y las Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, pues sin este documento resulta jurídicamente imposible realizar la asignación de una niña, niño o adolescente en adopción”, señaló en el comunicado el DIF Nacional.
Finalmente se indicó que en cualquier cuidado alternativo brindado al menor debe de haber el cumplimiento de requisitos y el procedimiento establecido por la Ley.
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