El ex presidente Enrique Peña Nieto podría enfrentar una pena de cinco a 15 años de prisión, si se demuestra que cometió el presunto delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, esto tras el análisis de los reportes financieros que realizó la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y que hoy forman parte de una carpeta de investigación de la Fiscalía General de la República (FGR), por supuestamente recibir 26 millones de pesos al concluir su sexenio.
MILENIO consultó al penalista y constitucionalista Alberto Woolrich Ortiz, quien dijo que de lo expuesto por el titular de la UIF, Pablo Gómez, sobre las probables irregularidades en que supuestamente incurrió el ex titular del Ejecutivo Federal, se configuraría el mencionado delito conocido como “lavado de dinero”.
Explicó que el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, previsto en el Código Penal Federal contempla una penalidad que podría ir de cinco a 15 años de prisión.
“Toda vez, por lo que está diciendo Pablo Gómez, el señor Peña Nieto está realizando operaciones por interpósita persona, es decir, por los familiares de él directamente. Ahora, él está administrando la interpósita persona, puede tipificarse y sumarse a esto que señala el Código Penal porque se están administrando, custodiando o cambiando, convirtiendo, depositando y retirando el dinero que no está jurídicamente acreditado la procedencia legal del mismo”, explicó.
Alberto Woolrich dejó claro que esto es solo con base a lo comentado por Pablo Gómez en la conferencia mañanera, donde aseguró que descubrieron movimientos de procedencia ilícita.
“Este descubrimiento de Pablo Gómez tiene que seguir todo un trámite para que sea la Procuraduría Fiscal la que presente la acusación de manera directa; esa procuraduría, obviamente tendrá que hacerle del conocimiento de la Fiscalía General de la República y tendrá que probar que el dinero es un producto de actividades ilícitas, eso es indispensable que pueda ser probado. Obviamente, con base en indicios que estén perfectamente fundados para llegar a motivar una certeza”, detalló.
El penalista puntualizó que si ya la Fiscalía General de la República inició una carpeta de investigación, entonces es porque la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en ejercicio de sus facultades encontró elementos que permitan presumir la comisión de algún delito, pero para ello, no es la UIF la autoridad jurídica competente.
Cuestionado si con base en lo informado por Pablo Gómez se podría configurar el delito de asociación delictuosa o delincuencia organizada, Alberto Woolrich puntualizó que siempre y cuando se compruebe que hubo un concurso de voluntades con miembros de la delincuencia organizada.
“Ahorita estamos hablando exclusivamente de lo que habló Pablo Gómez”, añadió.
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