¿Hay puente MAÑANA 15 de septiembre? Esto dice la SEP y la Ley Federal del Trabajo

Una de las dudas al iniciar el mes patrio es si habrá asueto para trabajadores y estudiantes durante las festividades por la Independencia de México.

Los festejos patrios suelen ser eufóricos en todo el país. | Reuters
Ciudad de México /

En los primeros días del mes patrio en México, surgen dudas muy particulares para los ciudadanos, como si habrá puente este mes.

A pesar de que el 15 de septiembre tiene un significado especial para los mexicanos, no está designado como un día festivo oficial.

Según el calendario escolar 2023-2024 de la Secretaría de Educación Pública (SEP), el 15 de septiembre se llevarán a cabo clases de manera normal. Incluso se enfatiza que tanto profesores como alumnos deben enfocarse en revisar los acontecimientos relacionados con la Independencia de México durante este día.

Dado que el 16 de septiembre de 2023 cae en un sábado, no se otorgará un puente patrio, ya que la fecha no se traslada al día lunes.

Si te toca trabajar el 15 de septiembre, debes saber que se considera un día laboral regular. Aunque algunas empresas suelen dar medio día y adelantar la hora de salida, esto no está estipulado en la Ley Federal del Trabajo (LFT), por lo que no tienes derecho a un pago adicional.

México celebra su Independencia la noche del 15 y la madrugada del 16 de septiembre. | Reuters


En cuanto a los bancos, el viernes 15 de septiembre de 2023, las sucursales operarán normalmente, ya que no se trata de un día festivo oficial según lo establecido en la Ley Federal del Trabajo y por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).

El 16 de septiembre, fecha en que se conmemora el inicio de la guerra de Independencia, sí es un día festivo oficial de acuerdo al calendario escolar de la SEP y a la Ley Federal del Trabajo (LFT). Sin embargo, en 2023 cae en un sábado, por lo que lamentablemente no habrá un puente, ya que no se contempla su traslado al día lunes.

Durante el 16 de septiembre, se llevará a cabo un desfile cívico-militar en el Zócalo de la Ciudad de México, encabezado por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

En cuanto al pago si trabajas el 16 de septiembre, la Ley Federal del Trabajo establece en su Artículo 74 que el 16 de septiembre es un día de descanso obligatorio.

Los días de descanso obligatorio incluyen el 1 de enero, el primer lunes de febrero, el tercer lunes de marzo, el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre, el 1 de diciembre cada seis años cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, el 25 de diciembre y aquellos que determinen las leyes federales y locales electorales en caso de elecciones ordinarias.

Un día festivo oficial o feriado implica que es un día no laborable, por lo que no hay actividad bancaria ni clases. Si eres empleado y tu empleador te solicita trabajar en un día oficial no laborable, como el 16 de septiembre, se deberá pagar un adicional del equivalente al doble del salario del empleado.

Además, si el día no laborable es domingo, el patrón deberá pagar también una prima dominical al trabajador, según lo establecido en el Artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo.



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