Qué enfermedades NO me permiten registrarme en el IMSS

El IMSS tiene una lista de enfermades que, si las padeces, no podrás darte de alta para recibir su atención médica.

El IMSS te pide un periodo de espera si quieres tratar ciertas enfermedades / Óscar Ávila.
Ciudad de México. /

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es un organismo descentralizado del gobierno federal sectorizado a la Secretaría de Salud. En consecuencia, a él se le asigna la responsabilidad de procurar por el bienestar de las personas que se encuentren enfermas o sufran de alguna lesión.

Sin embargo, de acuerdo con el reglamento del IMSS, no todos las enfermedades o procedimientos quirúrgicos pueden ser aplicados para las personas que busquen asegurarse. Por ello, aquí te presentamos una lista de las enfermedades que no cubre el Instituto del Seguro Social.

IMSS / Archivo.

Enfermedades que no cubre el IMSS

De acuerdo con el IMSS, las personas que tengan diversas enfermedades preexistentes no podrán registrarse y acceder al servicio de salud. En la lista de dichos padecimientos se encuentran:

  • Tumores malignos
  • Enfermedades crónico degenerativas (complicaciones tardías de la diabetes mellitus)
  • Enfermedades por atesoramiento (enfermedad de Gaucher)
  • Enfermedades crónicas del hígado
  • Insuficiencia renal crónica
  • Valvulopatías cardíacas
  • Insuficiencia cardíaca
  • Secuelas de cardiopatía isquémica (arritmia, ángor o infarto del miocardio)
  • Enfermedad pulmonar obstructiva crónica con insuficiencia respiratoria
  • Enfermedades sistémicas crónicas del tejido conectivo
  • Adicciones como alcoholismo y otras toxicomanías
  • Trastornos mentales como psicosis y demencias
  • Enfermedades congénitas
  • Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida o Virus de Inmunodeficiencia Adquirida Humana positivo (VIH).
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  • Comunidad Redacción

Cuánto tiempo tiene que pasar para que el IMSS cubra estas enfermedades

De acuerdo con el IMSS, sólo se cubrirá el tratamiento de las siguientes enfermedades si se espera el siguiente periodo de tiempo en cada una. Es decir, luego de darte de alta, deberás de esperar el siguiente periodo de tiempo para tratar esa enfermedad o recibir esa intervención quirúrgica.

  • Tumoración benigna de mama: seis meses
  • Parto: 10 meses
  • Litotripcia: un año
  • Cirugía de padecimientos ginecológicos, excepto neoplasias malignas del útero, ovarios y piso perineal: un año
  • Cirugía de insuficiencia venosa y várices: un año
  • Cirugía de senos paranasales y nariz: un año
  • Cirugía de varicocele: un año
  • Hemorroidectomía y cirugía de fístulas rectales y prolapso de recto: un año
  • Amigdalectomía y adenoidectomía: un año
  • Cirugía de hernias, excepto hernia del disco intervetabral: un año
  • Cirugía de hallux valgus: un año
  • Cirugía de estrabismo: un año
  • Cirugía ortopédica: dos años.

KT


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