Este miércoles el pleno del Congreso de Veracruz aprobó la Ley Malena, o ley contra la violencia ácida, que convierte en delito grave el ataque a una mujer con ácido, mismo que se castigará hasta con 8 años de cárcel a quien lo cometa.
Con 43 votos a favor y ninguno en contra fue aprobada esta ley, lo mismo que se catalogó como delito el acoso callejero o ley contra la violencia en espacios públicos.
La votación se realizó en este que fue el último día del periodo ordinario de la actual Legislatura Local que concluye el 4 de noviembre. La diputada Maribel Ramírez Topete, una de las impulsoras de las iniciativas precisó que Veracruz tenía pendiente esta votación.
Activistas y feministas en Veracruz celebran aprobación de la Ley Malena
Mujeres que esperaban afuera del Congreso del Estado la votación de los legisladores, celebraron la tipificación de la violencia ácida con la aprobación de la 'Ley Malena' en Veracruz.
“El Estado de Puebla ha dado un paso significativo al tipificar la violencia ácida como tentativa de feminicidio y establecer penas severas para quienes cometan estos actos. Nos complace anunciar que Veracruz ha seguido este ejemplo, adoptando medidas igualmente contundentes. Esto demuestra nuestro compromiso y determinación para erradicar esta forma de violencia de género", comentó la diputada Ramírez Topete.
La Ley Malena ha sido impulsada por sobrevivientes de ataques con ácido y defensoras de los derechos humanos de las mujeres. Lleva este nombre por María Elena Ríos, una joven saxofonista de Oaxaca que sobrevivió a un ataque con ácido en 2019.
¿En qué estados de México está aprobada la Ley Malena?
Hasta este 2024, sólo Oaxaca, Puebla, Baja California y Ciudad de México han aprobado la Ley Malena tipificado estas agresiones como delito autónomo, bajo la figura de violencia ácida y hoy se sumó Veracruz.
Sin embargo, en 12 estados todavía no se describen sanciones o penas específicas para este delito. La falta de tipificación de los ataques con ácido impide que las mujeres sobrevivientes obtengan justicia y reparación del daño.
Congreso de Veracruz aprueba tipificar como delito el acoso callejero
También el Congreso local de Veracruz aprobó tipificar como delito el acoso callejero, donde se adicionó la fracción VIII al artículo 8 y el Capitulo XI, denominado De la Violencia en los Espacios Públicos, así como el artículo 13 Decies, en la Ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para quedar como sigue:
“Artículo 8: VIII. Violencia en los espacios públicos. Son todas aquellas conductas físicas o verbales de connotación sexual, que, sin su consentimiento, son ejercidas en contra de las mujeres por una persona o varias personas desconocidas en lugares públicos o de acceso al público, como la calle y el transporte público, que tiene como objeto dañar su integridad, libertad, libre circulación y que las sitúa como objeto sexual a través del miedo, la humillación y la intimidación”.
Asimismo, se reforma el Artículo 13 Decies para quedar como sigue: “Las autoridades estatales y municipales y los organismos autónomos, en el ámbito de sus competencias, tomarán todas las medidas necesarias para garantizar a las mujeres el ejercicio pleno del derecho a una vida libre de violencia en los espacios públicos”.
AGA