Un juez federal rechazó ordenar a la Fiscalía General de la República (FGR) que atienda las demandas del magnicida Mario Aburto Martínez, quien impugnó que la dependencia federal ha sido omisa en investigar la presunta tortura de la que fue objeto tras ser detenido por el asesinato del candidato del PRI a la Presidencia de la República, Luis Donaldo Colosio, en 1994.
Antonio González García, juez Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal, determinó negar la suspensión definitiva solicitada por Aburto Martínez.
El juzgador admitió a trámite un amparo donde Mario Aburto reclama que el Ministerio Público Federal no ha investigado los actos de tortura, tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes, y delitos vinculados cometidos en su perjuicio.
De igual manera, impugnó que no ha cumplido con las obligaciones generales en materia de combate a la tortura derivado de los tratados internacionales en la materia ratificados por el Estado y las interpretaciones emitidas por organismos y tribunales autorizados.
Mario Aburto pretende que se le inscriba en el Registro Nacional del Delito de Tortura y que dicho registro se implemente como herramienta de investigación en el caso.
Asimismo, se inconformó porque el titular de la Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos, de la FGR, ha sido omiso en supervisar que sea la Fiscalía de Investigación del Delito de Tortura la que se encuentre a cargo de la indagatoria.
El magnicida permanece interno en el Centro Federal de Readaptación Social 12 de Guanajuato, por ser penalmente responsable del delito de homicidio calificado con premeditación y alevosía, y por portación de arma de fuego sin licencia.
A comienzos del presente año, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó estudiar el amparo que promovió Mario Aburto contra la sentencia que se le impuso de 45 años de cárcel.
Por su parte, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal en el Estado de México tiene pendiente por resolver el amparo en revisión donde el homicida asegura que fue torturado para declararse culpable del crimen.
El año pasado, la CNDH emitió la Recomendación 48VG/2021 a la FGR y al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, por haberse acreditado supuestos actos de tortura.
El organismo integró documentos, peritajes y testimonios obviados o eliminados de la investigación oficial como el testimonio de Aburto y partes de una entrevista hecha a él por personal de la CNDH, el 12 de abril de 1994.
La CNDH aseguró que no se tomaron en cuenta o se minimizaron testimonios de testigos de la tortura de Aburto, incluso de quienes participaron en ella y así lo declararon a las autoridades y se sesgó la información contenida en los diversos exámenes médicos que se le practicaron entre el momento de su detención en la Delegación de la PGR en Tijuana, Baja California, y su ingreso al entonces penal de máxima seguridad de Almoloya de Juárez (hoy Altiplano), en el Estado de México.
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