En Oaxaca se puso fin de forma definitiva al matrimonio infantil al aprobar el pleno del Congreso Local, una reforma constitucional donde se amplia la prohibición y se endurecen las penas en contra de los violentadores.
La propuesta de ley que eleva a rango constitucional la prohibición a los matrimonios infantiles fue presentada por el gobernador Salomón Jara, y fue suscrito por los diferentes grupos parlamentarios, principalmente por las bancadas del partido Morena y del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), siendo votada con 39 de los 42 votos de los legisladores presentes.
Una vez aprobada la ley fue turnada al diario oficial del estado para que se promulge el decreto correspondiente, donde queda claro que un matrimonio infantil se sanciona cuando se unen en matrimonio un hombre adulto y una/un menor de 18 años de edad, o de edades tempranas, lo que queda restringido en la ley, y si se llegara a efectuar de forma clandestina será sancionado por la ley y los implicado castigado conforme al Código penal vigente.
¿Qué dice la ley contra el matrimonio infantil en Oaxaca?
En el decreto promulgado se establece en el artículo 12 constitucional:
“Para contraer matrimonio en Oaxaca las personas obligatoriamente necesitan haber cumplido 18 años de edad, se prohíbe cualquier otro tipo de unión equivalente de hecho o de derecho como personas menores de edad. Asimismo los usos y costumbres o tradiciones no serán justificación para realizar esta práctica".
Además se agrega que ningún matrimonio será "coaccionado o presionado por ninguna ciudadana”.
En su posicionamiento en tribuna, una de las promotoras de la reforma, la legisladora Gabriela Pérez, afirmó que con este avance legislativo y constitucional Oaxaca dejará de ser el “deshonroso” tercer lugar en el país donde se practicaban los matrimonios infantiles forzados.
¿Con cuántos años de prisión se castiga el matrimonio infantil en Oaxaca?
En lo que corresponde a la sanciones se aprobó una adicción al Código penal, donde los implicados en un matrimonio infantil forzado será sujetos de sanciones penales graves, como una condena de 20 de prisión sin derecho a fianza.
Si se realizan matrimonios infantiles de forma clandestina o está implicado un familiar de la víctima, las penalidades se agravan, más si se establece que el acuerdo de unión fue económico a cambio de un dote (conjunto de bienes).
AGA