El grupo parlamentario de Morena en la Comisión Permanente presentó una iniciativa para que los influencers, videobloggers y youtubers paguen impuestos cuando lucren con sus contenidos en redes sociales como Instagram, Youtube, Tiktok, Facebook y Snapchat.
La diputada María del Rosario Merlín García presentó la propuesta que reforma y adiciona el artículo 32 BIS de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
En la exposición de motivos, la morenista refiere que el propósito de su iniciativa es que “no todas aquellas entidades que emitan contenidos audiovisuales en las plataformas digitales deberán ser consideradas prestadores audiovisuales per se”.
Es decir, aquellos videos generados por los usuarios finales donde no priva un interés económico ni realmente tenga un impacto significativo en la audiencia estarán excluidos del pago de impuestos fiscales, pues la mayor parte de los millones de videos que suben los particulares a las redes sociales cada día para destacar algún capítulo de su vida cotidiana o empatizar con los amigos quedarán exentos de esta normativa.
Otro propósito de la iniciativa es regular la publicidad engañosa, que ahora se abre terreno libre en muchos de los canales de youtubers, videobloggers e influencers, y que ha tenido repercusiones públicas con casos sonados de promoción de la anorexia, la ludopatía o la adicción a las drogas.
En los casos en que los youtubers, videobloggers e influencers resulten remunerados con el cobro de un monto en dinero y que reciben pagos por medio de las diferentes plataformas por alcanzar una cantidad considerable de vistas o seguidores, estos ingresos serán fiscalizables por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y ellos deberán estar inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes como trabajadores de servicios profesionales.
Los dueños de las plataformas tecnológicas estarán obligados a retener un porcentaje del Impuesto sobre la Renta (ISR) sobre los ingresos de los influenciadores y otro porcentaje del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que cobran.
Los youtubers, videobloggers e influencers pagarán impuestos en los siguientes casos:
• Cuando compartan en redes sociales el proceso de desempaquetar o revelar productos, servicios o experiencias que ofrezca la marca o anunciante.
• Cuando realicen sorteos entre sus seguidores que involucren productos, servicios o marcas de anunciantes.
• Cuando muestren con relevancia, describan o etiqueten una marca en fotos subidas a las redes sociales por los anunciadores.
• Cuando suban a las redes sociales imágenes en video dentro de las cuales se exalte la presencia de una marca o se le etiquete.
mvls