La ratificación de Marko Cortés al frente del Partido Acción Nacional sigue en entredicho. Este miércoles, el Tribunal Electoral ordenó a la Sala Especializada volver a revisar las denuncias en contra del líder panista sobre el uso indebido de la pauta del partido para promoverse durante el proceso interno de renovación de la dirigencia nacional.
La ex aspirante a la dirigencia nacional, Adriana Dávila impugnó ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la decisión de la Sala Regional Especializada en la que determinó que no existió uso indebido de la pauta al colocar promocionales de Marko Cortés durante la renovación de la dirigencia panista, en los tiempos oficiales de radio y televisión del PAN.
El proyecto de la magistrada Mónica Soto expuso que “le asiste la razón a la recurrente porque la Sala Especializada no fue exhaustiva y congruente al momento de analizar la litis o motivo de la denuncia, ya que centró la controversia en el sentido de dilucidar sin con la transmisión de los promocionales denunciados se actualizó o no la infracción de uso indebido de la pauta equiparable a la compra y/o adquisición de tiempos en radio y televisión, sin que advirtiera que la parte denunciante también había señalado una vulneración al principio de equidad en la contienda interna del referido instituto político”.
La magistrada Janine Otálora respaldó el proyecto al exponer que si bien se deb respetar el principio de autodeterminación de los partidos, también deben vigilar que no existan anomalías o abusos.
“Que la Sala Especializada analice si hubo una vulneración al uso indebido de la pauta en dos promocionales en los que se aprecia al entonces presidente del CEN cuando a su vez inició el proceso interno de renovación de dicho comité, toda vez que justamente quien fungía como presidente aspiraba a ocupar nuevamente dicho cargo. También coincido que existió una falta de exhaustividad al analizar las razones de la queja, en específico si existió o no una vulneración al principio de equidad con la aparición del entonces presidente del CEN en dos promocionales transmitidos del 21 de agosto al 9 de septiembre.
“Ello en tanto que el análisis de la Sala Especializada debió abarcar las fechas de cuando se pautaron los promocionales, se emitió la convocatoria al proceso interno, se solicitó la sustitución de los spots, se presentó la licencia del aspirante y concluyó la transmisión de los promocionales”.
El magistrado Indalfer Infante Gonzáles exhibió que existe incongruencia en la sentencia, pues si bien la Sala Especializada señaló que no hubo uso indebido de la pauta, sí acreditó inequidad y ordenó al partido revisar estas quejas.
Por lo que la Sala Especializada deberá volver a analizar su resolución y determinar si Marko Cortés abusó de las pautas oficiales del PAN para buscar su reelección; y si el partido incurrió en irregularidades por permitir el uso de los espacios oficiales en radio y televisión para beneficiar a su líder frente a otros aspirantes.
Rja