El Gobierno de México otorga un beneficio económico denominado "pago de marcha" para auxiliar a las familias tras el fallecimiento de un beneficiario de la Pensión Bienestar, buscando aliviar los gastos que surgen en esos momentos difíciles para todos los deudos.
La persona auxiliar registrada recibe este monto monetario por única ocasión tras reportar el deceso ante la Secretaría del Bienestar. Aquí en TELEDIARIO te decimos cómo funciona y los pasos para solicitarlo en caso de necesitarlo.
¿Qué es el pago de marcha?
Según la Secretaría del Bienestar, es un apoyo económico dirigido a quienes brindaron cuidados y acompañamiento a los derechohabientes de las Pensiones para el Bienestar; se entrega exclusivamente a la persona que el titular designó previamente como su "adulto auxiliar".
El beneficio aplica para la Pensión para Adultos Mayores, Personas con Discapacidad y la Pensión Mujeres Bienestar, con el objetivo de que los deudos cuenten con un respaldo para cubrir gastos imprevistos tras la pérdida de su ser querido de manera digna.
¿Cuánto es y cómo se solicita el pago de marcha en 2026?
De acuerdo con las reglas de operación vigentes hasta el momento, el monto varía según el programa, los cuales son los siguientes:
- Pensión para Adultos Mayores: 3,100 pesos.
- Pensión para Personas con Discapacidad: 1,600 pesos.
- Pensión Mujeres Bienestar: 1,500 pesos.
Si tú, como adulto auxiliar, sufres la pérdida de tu ser querido, lo primero que debes hacer es llamar a la Línea del Bienestar al 800 639 42 64 para realizar el reporte del fallecimiento; ahí se te darán las instrucciones a seguir para recibir el pago.
Esta línea opera en un horario de 8:00 a 21:00 horas de lunes a viernes y de 9:00 horas a 19:00 horas en fines de semana y días de asueto.
- Nacional
Durante la llamada, ten a la mano el acta de defunción o constancia médica emitida por una institución pública; una vez verificado el trámite, el depósito se emitirá durante el siguiente bimestre a favor de la persona que fue registrada como auxiliar.
Cabe destacar que es obligatorio hacer este trámite dentro de los dos bimestres siguientes al deceso; de lo contrario, el derecho al pago se perderá definitivamente.
¿Cómo registrar a una persona auxiliar para el pago de marcha?
Si aún no has registrado a un adulto auxiliar, te recomendamos hacerlo a la brevedad posible, ya que asegurarás que solamente esa persona reciba el apoyo económico final.
En cuanto a la elección, puede ser un familiar o cualquier persona de tu confianza; una vez decidido, el procedimiento consiste en llamar a la Línea del Bienestar. Durante la conversación, los interesados deben proporcionar los siguientes datos personales:
- CURP.
- Direcciones de domicilios.
- Claves de elector.
- Números de contacto.
Asimismo, te recordamos que reportar el fallecimiento es también una obligación legal para evitar que se sigan depositando apoyos indebidamente, pues cobrar la pensión de alguien fallecido constituye un delito.
AFV