Tener un trabajo es muy importante, ya que a través del sueldo podemos costear nuestras necesidades básicas. Sin embargo, en muchas ocasiones la empresa donde estamos no es la mejor y se prefiere renunciar, o peor aún, se es víctima de despido. Por ello, te presentamos aquí lo que te toca por ley en caso de renunciar o ser despedido de tu trabajo.
De acuerdo con el gobierno federal, todas las personas tienen derecho a determinados pagos proporcionales a su trabajo en caso de salir por voluntad propia o por órdenes de un jefe, sobre todo, aquellas que llevan más del año trabajando en el mismo sitio.
¿Qué me debe dar una empresa si renuncio voluntariamente?
Según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), las y los trabajadores deben recibir los siguientes puntos:
- Aguinaldo.
- Vacaciones y prima vacacional.
- Prima de antigüedad (siempre y cuando se tengan por lo menos, 15 años de antigüedad).
- Prestaciones que estuvieran vigentes en tu contrato de trabajo o en las condiciones laborales que regulan tu relación con la empresa o patrón.
Y en caso de despido, ¿qué me toca?
La Profedet decreta lo siguiente en caso de que seas despedido, ¡mucho ojo!:
- Tres meses de salario por concepto de indemnización constitucional.
- Prima de antigüedad.
- Partes proporcionales de aguinaldo; vacaciones y prima vacacional y prestaciones vigentes que no te hayan cubierto.
Si la empresa no quiere pagar lo que debe, tienes derecho a demandar o que te reinstalen en tu puesto bajo el mismo salario y condiciones que percibías. En caso de que no sea así, debes acercarte a la Profedet y solicitar ayuda.
Sólo necesitarás presentar los siguientes documentos:
- Tu contrato individual, colectivo de trabajo o contrato ley.
- Comprobantes de salario.
- Aviso de inscripción al Instituto Mexicano del Seguro Social.
- Identificación oficial.
- Fotocopia de la credencial INE de tres personas de tu confianza y que no sean familiares.
MRG