Cuándo será la primera votación popular de jueces tras aprobación de la reforma al Poder Judicial

Será el Instituto Nacional Electoral el encargado de revisar cómo preparará la primera elección de la mitad de jueces de Distrito y magistrados de Circuito.

Los magistrados también serán elegidos por voto popular con la nueva reforma al PJF / Cuartoscuro
Ciudad de México /

Ahora que la Cámara de Senadores aprobó el Decreto de Reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF) solo falta que éste sea ratificado por 17 legislaturas locales, para que el Senado pueda enviarlo al presidente Andrés Manuel López Obrador para su promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Una vez publicado, entrará en vigor al día siguiente, por lo que comenzará a correr el plazo de siete días para que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) celebre la primera sesión para analizar cómo preparará la primera elección de la mitad de jueces de Distrito y magistrados de Circuito, y para la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Treinta días después, el Senado deberá publicar la convocatoria para la integración del listado de candidaturas, que contendrá́ las etapas completas del procedimiento, sus fechas y plazos improrrogables y los cargos a elegir.

Por su parte, el órgano de administración judicial hará́ del conocimiento del Senado los cargos sujetos a elección, la especialización por materia, el circuito judicial respectivo y demás información que requiera.

Cuándo serán las primeras elecciones por voto popular de jueces y magistrados

Es de mencionar que, el Senado de la República recibirá́ las postulaciones y remitirá́ los listados al INE a más tardar el 12 de febrero de 2025, para que se pueda organizar el proceso electivo.

Por su parte, el Congreso de la Unión tendrá́ un plazo de 90 días naturales a partir de la entrada en vigor del Decreto para realizar las adecuaciones a las leyes federales que correspondan para dar cumplimiento al mismo. En tanto, se aplicarán de manera directa las disposiciones constitucionales en la materia y, en ausencia, las leyes en materia electoral en todo lo que no se contraponga al presente Decreto.

Mientras que las entidades federativas tendrán un plazo de 180 días naturales para realizar las adecuaciones a sus constituciones locales. Está previsto que la renovación de la totalidad de cargos de elección de los Poderes Judiciales locales deberá́ concluir en la elección federal ordinaria del 2027.

La jornada electoral para elegir a los jueces, magistrados y ministros se celebrará el primer domingo de junio de 2025.

El INE efectuará los cómputos de la elección, publicará los resultados y entregará las constancias de mayoría a las candidaturas que obtengan el mayor número de votos, asignando los cargos alternadamente entre mujeres y hombres, iniciando por mujer.

También declarará la validez de la elección que corresponda y enviará sus resultados a la Sala Superior del TEPJF o al Pleno de la Corte para el caso de magistraturas electorales, quienes resolverán las impugnaciones a más tardar el 28 de agosto de 2025.

Las personas que resulten electas tomarán protesta de su encargo ante el Senado el 1 de septiembre de 2025, y el órgano de administración judicial adscribirá́ a las personas electas al órgano judicial que corresponda a más tardar el 15 de septiembre de 2025.

Cuáles son los cambios más relevantes con la reforma aprobada

La nueva conformación de la Corte será de nueve ministros y no de 11 como es actualmente y su periodo de encargo de 15 años pasará a 12.

Las personas que hayan ocupado el cargo de ministra o ministro de la Suprema Corte de Justicia, magistrada o magistrado del Tribunal de Disciplina Judicial, así́ como de la Sala Superior y salas regionales del Tribunal Electoral, no podrán, dentro de los dos años siguientes a la fecha de su retiro, actuar como patronos, abogados o representantes en cualquier proceso ante los órganos del PJF.

Por su parte, los jueces de Distrito y magistrados de Circuito que sean electos durarán en su encargo nueve años. Sin embargo, podrán ser reelectos de forma consecutiva cada que concluya su periodo.

Manifestantes se enfrentan con policías por la reforma al Poder Judicial / Telediario

Para la elección de los juzgadores, se deberán proponer 30 candidaturas en cada caso de ministras y ministros, magistradas y magistrados electorales y de disciplina judicial.

Diez deberán ser propuesta por el Ejecutivo Federal, diez por la Corte y cinco por el Senado y cinco por la Cámara de Diputados.


KGA

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