El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó por mayoría de votos la propuesta para hacer un ajuste en la pregunta y el diseño de la boleta para la revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador que aprobó el INE, e incluir la fecha en que termina su periodo para evitar confusiones en la ciudadanía sobre qué es lo que estarán votando.
La magistrada Janine Otálora presentó un proyecto en el que propuso modificar la pregunta para la revocación de mandato e incluir en la respuesta “que siga en la Presidencia de la República” la frase “hasta el 30 de septiembre de 2024”; pero sólo tuvo el respaldo del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, pues el resto consideró que la demanda ni siquiera debía analizarse porque la presentó un ciudadano al que no le afecta el acuerdo del instituto.
Gustavo Adolfo Hoyos Walther y la asociación civil denominada Consejo Nacional de Litigio Estratégico presentaron una impugnación en el que buscaba la inaplicación de los artículos 14, 19, 32, 36, 41 y 42 de la Ley Federal de Revocación de mandato, lo que se declaró en sobreseimiento porque el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no tiene facultades para opinar sobre la constitucionalidad, pues sólo le compete a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
También, impugnaron el diseño y la impresión de la papeleta que se utilizará en la jornada de votación y que aprobó el Consejo General pues alegaron que se puede entender como una ratificación.
Entre sus alegatos, Hoyos sostuvo que la pregunta “puede generar incertidumbre, inseguridad, falta de claridad y confusión, respecto del tipo de mecanismo en el que, en su caso, se participaría. Ello, porque la voluntad de las y los ciudadanos puede ser manipulada al tergiversar el mecanismo de revocación y volverlo un ejercicio de ratificación que se utilice de manera populista para refrendar una legitimación en el poder del presidente de la República”.
Otálora le dio la razón y propuso incluir la fecha en la que concluye el cargo el Titular del Ejecutivo Federal abona a dar certeza respecto de la finalidad del ejercicio de revocación de mandato, para que quedara como “que siga en la Presidencia de la República hasta el 30 de septiembre de 2024”, y la ciudadanía tuviera claro por qué estaba votando.
La magistrada Mónica Soto y los magistrados José Luis Vargas, Indalfer Infante Gonzáles, Felipe Fuentes Barrera y Reyes Rodríguez Mondragón coincidieron en que Gustavo Hoyos no tiene interés jurídico para presentar este tipo de impugnaciones.
“Es un ciudadano de una asociación civil que para mí no cuenta con interés jurídico para controvertir los efectos porque no le afecta sus derechos”, expuso Fuentes.
Vargas agregó que la Sala Superior no tiene facultades para entrar en el análisis de la constitucionalidad de la pregunta, mucho menos después de que, ayer, la Suprema Corte de Justicia de la Nación validó la pregunta, por lo que emitió su voto en contra “en aras de no entrar e un principio de contradicción con el máximo tribunal de este país”.
La magistrada Otálora defendió su proyecto y aclaró que su proyecto sobresee las impugnaciones referentes a la constitucionalidad de artículos y únicamente analiza las referentes al acuerdo del Consejo General.
Señaló que incluir la fecha ayuda a que cuando las personas emitan su voto, tengan claridad de por qué están votando, sin embargo, únicamente un magistrado respaldó su postura.
Con una negativa mayoritaria, se aprobó que esta demanda no debía analizarse porque no existe afectación a los derechos de quienes impugnaron, por lo que el diseño de la papeleta se quedará sin ningún ajuste y con la pregunta tal como fue aprobada por el Poder Legislativo.
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