El pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad las reformas y adiciones a la Ley Federal del Trabajo para garantizar los derechos laborales y de seguridad social a cerca de 650 mil trabajadores de plataformas digitales como Uber, Didi, Rappi e InDrive.
Avalado en lo general con 462 votos, el proyecto fue enviado al Senado de la República para su análisis y eventual aprobación.
Al fundamentar el proyecto en tribuna, la legisladora morenista, Maiella Gómez subrayó la necesidad de la reforma, pues, dijo, más de 650 mil trabajadores de plataformas digitales laboran al margen de la Ley Federal del Trabajo, sin seguridad social, atención médica, acceso a vivienda, protección ante despidos injustificados, jubilación ni seguros de riesgos de trabajo.
Por el PAN, la diputada Paulina Rubio instó a los diversos grupos parlamentarios para establecer en la reforma el compromiso expreso de que los trabajadores de plataformas digitales no pagarán más impuestos, pero la mayoría parlamentaria desechó esa propuesta durante la discusión en lo particular.
“Esta no puede ser una iniciativa recaudatoria, esta es una iniciativa para reconocer derechos de las personas (…); sin embargo, tenemos que dar el paso, tenemos que aprobar esta reforma, porque es el inicio del reconocimiento de que existen, pero tienen que tener claro que el PAN presentará propuestas de modificación para asegurar que los trabajadores no tengan una mayor carga fiscal por tener derechos”, puntualizó.
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Entre otros aspectos, las reformas propuestas por la presidenta Claudia Sheinbaum prevén la inscripción de los trabajadores de las plataformas digitales al régimen obligatorio de Seguridad Social y al Infonavit, así como el pago de aguinaldo y reparto de utilidades.
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Definen como persona trabajadora de plataformas digitales a quien preste servicios personales remunerados y subordinados bajo el mando o supervisión de una persona física o moral que ofrece servicios a terceros a través de una plataforma digital y genera ingresos netos mensuales equivalentes a por lo menos un salario mínimo mensual de la Ciudad de México.
“Las personas trabajadoras que presten servicios a través de plataformas digitales serán consideradas trabajadores independientes si, al final de cada mes no alcanzan a generar la percepción mencionada, sin embargo, en dicho periodo y durante el tiempo efectivamente trabajado se les extenderán los derechos estipulados en este capítulo”, señala el proyecto.
Establece asimismo que el salario en el trabajo de plataformas digitales se fijará por tarea de servicio, obra o trabajo realizado y, en atención a su naturaleza flexible, dicho pago contemplará el proporcional del día de descanso semanal, vacaciones y aguinaldo.
Entre las obligaciones especiales para las empresas de plataformas digitales se enlistan el pago de servicios en un plazo no mayor a una semana, mecanismos para llevar registros de horas laborales trabajadas, inscripción de las personas trabajadoras en el régimen obligatorio de seguridad social, así como retener y enterar el pago de cuotas y aportaciones al Infonavit.
Prohíbe el trabajo de personas menores de edad, así como la retención de dinero a las personas trabajadoras adicional a los conceptos establecidos en la ley.
Por el incumplimiento de las obligaciones, la iniciativa prevé sanciones a los empleadores desde 2 mil veces el valor de la UMA (217 mil 140m pesos) hasta 25 mil (2 millones 714 mil pesos).
KGA