Pese a despenalización, FGE investiga dos casos de aborto ilegal en Puebla

Los casos de aborto investigados por la FGE de Puebla ocurrieron días antes de que el Congreso local aprobara su despenalización en todo el estado, lo que implica posibles sanciones.

La FGE de Puebla abrió carpetas de investigación por casos de aborto practicados antes de su despenalización / Agencia Cuartoscuro
Puebla, Puebla. /

En lo que va del presente año, la Fiscalía General del Estado (FGE) ha abierto dos carpetas de investigación por casos distintos de aborto en Puebla.

Ambos hechos de interrupción del embarazo ocurrieron apenas unos días antes de que el Congreso local aprobara la despenalización del mismo, lo que implica que ambos casos habrían ocurrido fuera de la ley.

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​Lo anterior quedó asentado en los registros de incidencia delictiva del fuero común, a cargo del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), con fecha de corte al 30 de junio.

En el caso de Puebla, se indicó que las investigaciones del 2024 corresponden a los meses de abril y junio, con un caso en cada uno de ellos, aunque sin abundar en más detalles sobre ambos.

Diputados aprueban la despenalización del aborto en Puebla

Fue el pasado lunes 15 de julio cuando la mayoría de los diputados del Congreso local votaron a favor de la despenalización del aborto en Puebla.

Esto quiere decir que las mujeres podrán elegir libremente si interrumpen o no su embarazo, sin embargo, esto solo será permisible siempre y cuando sea antes de las 12 semanas de gestación para no correr el riesgo de ser criminalizadas.

A falta de que la reforma al Código Penal se oficialice en el Periódico Oficial del Estado, otras variables en las que el aborto está autorizado en la entidad son las siguientes:

  • Cuando es imprudencial o culposo
  • Por violación
  • Por peligro de muerte
  • Por malformaciones genéticas o congénitas graves del producto
  • Por inseminación artificial no consentida
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Aborto aún puede ser criminalizado en Puebla

Sin embargo, cabe decir que el aborto aún puede ser motivo de criminalización siempre y cuando ocurra bajo determinados contextos.

Esto ocurrirá si el aborto tiene lugar después de las 12 semanas de gestación. Si ocurre de este modo se aplicarán sanciones que van de los seis a los 12 meses de cárcel para la madre o persona gestante.

Al respecto cabe decir que también habrá sanción para la persona que ayude en dicho proceso, quien podría enfrentar penas de uno a tres años de cárcel.

La ley en Puebla también considera penas para los casos de aborto forzado, que es cuando la interrupción del embarazo, en cualquier momento de la gestación, ocurre sin el consentimiento de la mujer o persona gestante.

Las sanciones en este último caso son de cuatro a ocho años de prisión, pero aumentarán de ocho a 10 años de cárcel si para ello se aplica la violencia física o moral.

EG

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