Hace algunos días, se dio a conocer la situación de Gerardo Olivas, pues desde el pasado 28 de octubre, supo por última vez de su hija de cinco años de edad. Su hija fue sustraída por su expareja de nombre Denisse Díaz, luego de que un juez de los Juzgados de lo Familiar le otorgará la guarda y custodia, así lo declaró Olivas.
De tal manera que, tras haber hecho público el caso, durante la mañana de este 27 de noviembre, la Fiscalía General de Coahuila en la Delegación Laguna Uno, tras casi un mes de haber levantado el reporte por sustracción, emitió la 'Alerta Amber', con el objetivo de poder localizar a la pequeña y pueda regresar junto a su padre.
Es por ello que, quienes cuenten con información sobre Sara Elizabeth Olivas Díaz, quién es de complexión delgada, mide 1.20 metros, tiene el cabello lacio en color castaño claro y como seña particular cuenta, con una cicatriz en la oreja derecha, pueden reportarlo directamente a través del número de emergencias 911.
Los desafortunados hechos ocurrieron el pasado 25 de octubre, cuando, tras haberse llevado una separación, un juez del juzgado de lo familiar en Torreón, otorgó la guarda y custodia de su hija para Gerardo Olivas.
Sin embargo, tres días después e incumpliendo con la orden del juez, su expareja de nombre Denisse, acudió por la pequeña hasta el jardín de niños para llevársela sin permiso alguno.
Hasta el momento no se ha sabido de su paradero, pues la mujer con quién tenía una relación, logró conseguir una orden de restricción, así lo dio a conocer el padre de la pequeña hace pocos días.
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¿En qué situación se considera sustracción de menores?
Ante el Código Penal, se considera como sustracción de menores cuando el progenitor sin causa justificada para ello sustrajere a su hijo menor de su lugar de residencia sin el consentimiento del progenitor con quien conviva habitualmente o de las personas o instituciones a las cuales estuviese confiada su guarda o custodia.
La retención de un menor incumple gravemente el deber establecido por resolución judicial o administrativa.
¿Cuál es la pena por sustracción de menores?
Cuando un progenitor o pariente sustraiga al menor del lugar donde habitualmente reside en el que por razón de su educación, atención médica, psicológica o equivalente, se encuentre, lo retenga o impida que regrese a su domicilio, o lo cambie de éste injustificadamente, sin la autorización de quienes ejercen la patria potestad o la guardia y custodia, o en desacato de una resolución de autoridad competente, no permitiendo a la madre o al padre o a quien legalmente le corresponda convivir con el menor, se le aplicará una pena de uno a tres años de prisión y de cincuenta a trescientos días multa.