Un hombre de entre 25 y 30 años resultó herido luego de caer desde una altura de 4 metros mientras realizaba labores de construcción al interior de una tienda de manualidades.
Los hechos ocurrieron en el cruce de las calles 5 de Mayo y Benito Juárez en el Centro de Monterrey.
Según los informes, el trabajador se encontraba ejecutando tareas de remodelación en el establecimiento cuando ocurrió el accidente.
Elementos de Protección Civil y la Policía de Monterrey así como servicios médicos se movilizaron rápidamente hacia el lugar para brindar asistencia y tomar parte en la situación.
El hombre herido fue atendido en el sitio y posteriormente trasladado al hospital más cercano.
Autoridades permanecieron en el sitio para continuar con las investigaciones de lo sucedido.
Casos que no se reconocen como accidente laboral
Existen ciertos supuestos en los que, aunque el trabajador tenga un accidente trabajando no se considerará accidente laboral, y son los siguientes:
• Cuando ocurra por fuerza mayor y por causas ajenas al trabajo, como por ejemplo los fenómenos naturales de un tornado o un terremoto. Pero si el trabajador ejerce su puesto de trabajo al aire libre y sufre una insolación si se consideraría accidente de trabajo.
• En el caso de que sea causado por terceras personas ajenas a la empresa.
• Si se produce porque el trabajador no ha cumplido con las normas de seguridad de la empresa, siempre y cuando ésta le haya informado bien sobre estas normas.
• Cuando el trabajador lo haya provocado intencionadamente, con mala fe.
Cuando el accidente sea calificado como “no laboral” y el trabajador no esté conforme, puede presentar una reclamación en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Derechos del trabajador accidentado
El trabajador que sufre un accidente de trabajo tiene una serie de derechos, porque el empresario cotiza por él a la seguridad social por los conceptos de accidentes de trabajo y enfermedad profesional.
Los derechos de un trabajador que sufre un accidente laboral son los siguientes:
• Asistencia médica
• Prestación de incapacidad temporal
• Indemnización por muerte del trabajador
• Indemnización por incapacidad permanente
• Indemnización por lesión física definitiva
• Indemnización por convenio colectivo
• Indemnización por falta del empresario
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