La Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM), está en proceso de apelación por la sentencia absolutoria que dictó un juez mexiquense al tío de una niña de 4 años que fue víctima de abuso sexual en el municipio de Atizapán, así lo informó el subsecretario de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Luis Rodríguez Bucio.
Durante la conferencia mañanera de este martes, Rodríguez Bucio presentó el informe de Cero Impunidad, y en la sección de “Jueces que Favorecen a Presuntos Delincuentes” destacó en primer lugar la sentencia absolutoria y libertad que dictó el juez del Poder Judicial del Estado de México (PJEM), Juan Manuel Alejandro Martínez Vitela, a un hombre identificado como Alejandro "N", tío y presunto abusador de una menor de edad, cuyos hechos ocurrieron el 26 de febrero de 2022, en Atizapán de Zaragoza.
"Cuatro casos de jueces que favorecen a presuntos delincuentes, el primero se trata de la sentencia absolutoria a un presunto abusador sexual de una niña de 4 años, se trata de Alejandro "N", el tío de la de la menor, aquí el juez Juan Manuel Alejandro Martínez Vitela dictó sentencia absolutoria y libertad inmediata a favor de Alejandro "N" acusado de abuso sexual ya que a su consideración faltaron pruebas suficientes para justificar el abuso sexual a la menor", expuso el subsecretario.
En la presentación subrayaron fragmentos de las citas textuales que el juez manifestó en la audiencia, la cual se viralizo a través de un video en redes sociales.
"Aun cuando se corrobore ese tocamiento, el resto de la información no está justificada... ¿Dónde está la corroboración de esta información?", subrayaron en la conferencia.
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En el video que ya fue replicado en diversas redes sociales, el juez reconoce creerle a la menor que hoy tiene seis años, pero al no poder explicar la hora, el día y el lugar donde ocurrieron los hechos, concluyó que las pruebas eran insuficientes.
En ese sentido, Luis Rodríguez Bucio señaló que la Fiscalía Mexiquense ya está en proceso de apelar dicha sentencia, ya que es contraria a jurisprudencia de la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que faculta al juez para recabar y desahogar de oficio pruebas que considere necesarias para reservar el interés superior de los menores de edad.
Finalmente, el subsecretario señaló que el juez Martínez Vitela no siguió los protocolos para juzgar en este tipo de casos donde los menores de edad son víctimas del delito, y es que ellos no están obligados a referir circunstancias de lugar día, y hora debido a su edad y sobre todo para no ser revictimizados.
"El juez pasó por alto el Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Infancia y Adolescencia este caso", concluyó.
ZNR