Hombre es golpeado y arrojado al canal de riego en Gómez Palacio

El afectado fue golpeado por un grupo de ocho personas que lo despojaron de sus pertenencias

El hombre fue descubierto por transeúntes que le brindaron ayuda
Gómez Palacio, Durango /

Un hombre de 48 años, identificado como Luis Arturo, ingresó al Hospital General de Gómez Palacio con múltiples golpes y lesiones en diversas partes del cuerpo. Las lesiones fueron infligidas por un grupo de aproximadamente ocho vándalos que lo despojaron de sus pertenencias antes de darse a la fuga.

Personal de la Vicefiscalía de la Región Laguna tomó conocimiento del ingreso al nosocomio y están a la espera de que el afectado se recupere para poder recabar más información sobre el incidente.

Hasta el momento, Luis Arturo no ha podido presentar una denuncia formal ante el Agente del Ministerio Público debido a su estado de salud.

Según información proporcionada por los familiares, al momento de la agresión, Luis Arturo se encontraba trabajando en un canal de riego, cuya condición, de si contenía agua o estaba en desuso es desconocida. Fue en ese lugar donde el grupo de sujetos lo atacó, golpeándolo repetidamente para luego arrojarlo al canal.

El hombre fue descubierto por transeúntes, quienes le brindaron auxilio y lo trasladaron de inmediato al Hospital General, donde actualmente recibe atención médica.

Las autoridades continúan con las investigaciones para identificar y capturar a los responsables de este violento acto, mientras esperan la recuperación de Luis Arturo para obtener su testimonio y avanzar en el proceso judicial.

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  • Policía Telediario Laguna

¿Cuál es la pena por lesiones?

El Código Penal establece las siguientes sanciones a quien con dolo afecte la salud a otra persona:

  • Delito lesiones leves: Se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y multa, cuando la o las lesiones tarden en sanar más de quince días y menos de sesenta, y no pongan en peligro la vida.
  • Lesiones gravísimas que ponen en peligro la vida: Se le impondrán de tres a ocho años de prisión y multa, cuando la o las lesiones inferidas coloquen a la víctima en peligro concreto de morir.
  • Lesiones gravísimas por pérdida de funciones, miembros u órganos: De cuatro a nueve años de prisión y multa, si la o las lesiones producen la pérdida de cualquier función de alguna facultad, miembro u órgano, cuyas funciones no sean sustituidas por otro.
  • Lesiones gravísimas por parálisis, enfermedad incurable o deformidad grave: Se le impondrá de cinco a doce años de prisión y multa, cuando las lesiones ocasionen parálisis permanente de ambas piernas, o de uno o los dos brazos o manos, o causen paraplejia permanente de por lo menos una tercera parte del cuerpo, u originen una enfermedad incurable, o cuando las lesiones dejen alguna deformidad.

MP

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