Al parecer por viejas rencillas tres individuos interceptaron al paso a su vecino a quien luego de insultar lo golpearon hasta hacerlo perder el conocimiento, por lo que fueron detenidos y el afectado hospitalizado.
El problema que llamó la atención de transeúntes y quienes habitan en el sector, se registró el domingo a las 21:45 horas en calle Pino Suárez del fraccionamiento Bosque Real de la ciudad de Gómez Palacio, Durango, donde elementos de la Dirección de Seguridad Pública Municipal y Protección Ciudadana detuvieron a los involucrados.
Quien apenas alcanzó a pronunciar su nombre antes de perder el conocimiento delató a los golpeadores que aún se encontraban a corta distancia, siendo interceptados y detenidos por los efectivos que iniciaron la persecución.
El lesionado fue traslado a la clínica 51 del Instituto Mexicano del Seguro Social a bordo de una patrulla, para su valoración ya que presentó golpe contuso en cráneo y sangrado en el rostro.
César Armando, Marco Antonio y Omar Alejandro, de 25, 23 y 21 años de edad respectivamente fueron plenamente señalados por su víctima Jesús de 38 años, así como por vecinos como presuntos responsables del delito de lesiones, por lo que se encuentran a disposición del Agente Investigador del Ministerio Público quien definirá su situación jurídica.
¿Cuál es la pena por lesiones?
El Código Penal establece las siguientes sanciones a quien con dolo afecte la salud a otra persona:
- Delito lesiones leves: Se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y multa, cuando la o las lesiones tarden en sanar más de quince días y menos de sesenta, y no pongan en peligro la vida.
- Lesiones gravísimas que ponen en peligro la vida: Se le impondrán de tres a ocho años de prisión y multa, cuando la o las lesiones inferidas coloquen a la víctima en peligro concreto de morir.
- Lesiones gravísimas por pérdida de funciones, miembros u órganos: De cuatro a nueve años de prisión y multa, si la o las lesiones producen la pérdida de cualquier función de alguna facultad, miembro u órgano, cuyas funciones no sean sustituidas por otro.
- Lesiones gravísimas por parálisis, enfermedad incurable o deformidad grave: Se le impondrá de cinco a doce años de prisión y multa, cuando las lesiones ocasionen parálisis permanente de ambas piernas, o de uno o los dos brazos o manos, o causen paraplejia permanente de por lo menos una tercera parte del cuerpo, u originen una enfermedad incurable, o cuando las lesiones dejen alguna deformidad.
MP