En posesión de metanfetaminas y de un arma prohibida fue sorprendido un hombre en calles de la colonia Herradura, en Saltillo, situación por la que fue detenido y puesto a disposición de las autoridades correspondientes.
Elementos de la Policía Preventiva Municipal patrullaban el sector cuando al transitar sobre las calles 20 y 21 observaron a un individuo que al ver la unidad se echó a correr.
- Policía
Los uniformados lograron alcanzar y detener al sospechoso quien dijo llamarse Isidoro, de 38 años, mismo que fue sometido a una revisión tras la cual le fueron encontrados entre sus prendas 11 envoltorios de plástico que en su interior contenían una sustancia granulada y cristalina con las características de la droga conocida como cristal, así como un revólver.
Por el delito de portación de armas prohibidas y posesión simple de narcóticos, el detenido fue consignado ante la Unidad de Atención Temprana con Detenido de la Fiscalía General del Estado (FGE).
¿Cuál es la multa por poseer drogas en Coahuila?
De acuerdo al artículo 194 del Código Penal Federal, se interpondrá de diez a veinticinco años de prisión y de cien hasta quinientos días multa al que:
- Produzca, transporte, trafique, comercie, suministre gratuitamente o prescriba algún tipo de narcótico sin la autorización correspondiente a que se refiere la Ley General de Salud.
- Introduzca o extraiga del país alguno de los narcóticos comprendidos aunque fuere en forma momentánea o en tránsito.
- Aporte recursos económicos o de cualquier especie, o colabore de cualquier manera al financiamiento, supervisión o fomento para posibilitar la ejecución de alguno de los delitos.
- Realice actos de publicidad o propaganda, para que se consuma cualesquiera de las sustancias.
¿Cuál es la multa por portar armas en Coahuila?
De acuerdo al artículo 77 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, serán sancionados con diez a cien días multa:
- Quienes posean armas sin haber hecho la manifestación de las mismas a la Secretaría de la Defensa Nacional;
- Quienes posean armas, cartuchos o municiones en lugar no autorizado;
- Quienes infrinjan lo dispuesto en el artículo 36 de esta Ley. En este caso, además de la sanción, se asegurará el arma, y
- Quienes posean cartuchos en cantidades superiores a las que se refiere el artículo 50 de esta Ley.
El artículo mismo señala que la sanción se turnará el caso al conocimiento de la autoridad administrativa local a la que competa el castigo de las infracciones de policía.
Con información de redacción...
KM