Fuerza Civil detuvo a dos individuos bajo sospecha de tráfico de personas, después de descubrir a 17 migrantes dentro de un vehículo en el municipio de Galeana, Nuevo León.
El secretario de Seguridad Pública, Gerardo Palacios Pámanes comunicó que los hechos ocurrieron en la carretera federal, en el kilómetro 58 del tramo Matehuala-Linares, cerca del ejido San Roberto, alrededor de la 1:30 de la madrugada.
"En la carretera federal #58, tramo Matehuala-Linares, a la altura del ejido San Roberto, municipio de Galeana, Fuerza Civil detuvo a 2 personas por la probable comisión del delito federal de tráfico de personas y aseguró a 7 adultos y 10 menores originarios de Guatemala y Honduras", escribió.
Fuerza Civil también aseguró a 17 personas originarias de Guatemala y Honduras, incluyendo 14 mujeres y tres hombres, de los cuales siete son adultos y 10 son menores de edad.
Los individuos detenidos fueron identificados como Jorge "N", de 31 años, y Arturo "N", de 28 años, quienes fueron entregados a las autoridades del Ministerio Público Federal.
La secuencia de eventos comenzó cuando los agentes observaron una camioneta Ford F-150 XL con un camper blanco, estacionada con un neumático averiado y dos personas en su interior.
Al intentar prestar asistencia, los hombres se negaron a hablar y luego se escucharon voces de mujeres en la parte trasera del vehículo, lo que alertó a los efectivos sobre la presencia de un grupo de personas necesitadas de ayuda.
A estas personas se les proporcionó comida y agua, y luego fueron remitidas al Instituto Nacional de Migración para que se evaluara su situación migratoria.
¿Qué dice el Código Penal Federal sobre el tráfico de personas?
El Código Penal Federal de México contiene disposiciones relacionadas con el tráfico de personas en varios de sus artículos. El tráfico de personas es un delito grave y está prohibido tanto a nivel nacional como internacional.
Artículo 366 Bis: Este artículo tipifica el delito de tráfico de personas y establece que comete este delito quien promueva, solicite, ofrezca, reciba, acepte o facilite la entrada o salida del territorio nacional de una persona, ya sea dentro o fuera del país, mediante la utilización de violencia, engaño, amenaza, abuso de poder, rapto, fraude, ofrecimiento o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima.
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