Los gritos de auxilio de una mujer alertaron a los vecinos de la colonia Nueva Aurora y a elementos de la Policía quienes además fueron testigos de las agresiones físicas y psicológicas de un sujeto hacia la víctima.
Fue la mañana de este lunes cuando vecinos llamaron al Sistema de Emergencias explicando que un hombre tenía a una mujer por el cuello y además portaba una navaja, motivo por el cual pedían la presencia de las autoridades en el lugar.
De inmediato una patrulla se desplazó hacia la avenida Quinta y Rayón, en donde la pareja ya había ingresado a un domicilio pero los gritos de la mujer fue lo que guió a los policías para auxiliarla y atender el reporte.
Seguridad Pública confirmó que al ingresar al domicilio los oficiales vieron al hombre agrediendo a la mujer, teniéndolo que someter para alejarlo y ponerla a ella a salvo.
Asimismo, pidieron la presencia de una ambulancia para la atención de la mujer, mientras que el sujeto quedó detenido a disposición del Ministerio Público por el delito de lesiones.
La unidad de atención a víctimas de violencia familiar y de género también acudieron al sitio en donde buscaron atender y calmar a la mujer, de quien no se especificó el parentesco que había entre ella y su agresor.
¿Cuál es la pena por lesiones?
El Código Penal de Coahuila establece las siguientes sanciones a quien con dolo afecte la salud a otra persona:
- Delito lesiones leves: Se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y multa, cuando la o las lesiones tarden en sanar más de quince días y menos de sesenta, y no pongan en peligro la vida.
- Lesiones gravísimas que ponen en peligro la vida: Se le impondrán de tres a ocho años de prisión y multa, cuando la o las lesiones inferidas coloquen a la víctima en peligro concreto de morir.
- Lesiones gravísimas por pérdida de funciones, miembros u órganos: De cuatro a nueve años de prisión y multa, si la o las lesiones producen la pérdida de cualquier función de alguna facultad, miembro u órgano, cuyas funciones no sean sustituidas por otro.
- Lesiones gravísimas por parálisis, enfermedad incurable o deformidad grave: Se le impondrá de cinco a doce años de prisión y multa, cuando las lesiones ocasionen parálisis permanente de ambas piernas, o de uno o los dos brazos o manos, o causen paraplejia permanente de por lo menos una tercera parte del cuerpo, u originen una enfermedad incurable, o cuando las lesiones dejen alguna deformidad.
MP