La noche del miércoles 26 de junio, un hombre fue apuñalado en el pecho, presuntamente por su pareja sentimental, en el Fraccionamiento Privadas Santa Fe de Torreón. Los hechos ocurrieron cerca de las 10:30 de la noche en un domicilio ubicado en el circuito San Francisco.
Paramédicos de la Cruz Roja Mexicana de Torreón llegaron al lugar a bordo de una ambulancia, junto con oficiales de seguridad pública municipal. Los paramédicos atendieron a Manuel Jaime Huerta Reyes, de 32 años, quien presentaba una herida profunda en el centro del pecho, con una profundidad de aproximadamente 4 centímetros.
Mujer encajó tijeras a su pareja en Torreón
Según los reportes, la lesión fue provocada por una mujer con la que Huerta Reyes mantiene una relación sentimental. La pareja tuvo una fuerte discusión por razones aún desconocidas, durante la cual la mujer le clavó un par de tijeras y luego escapó.
A pesar de la gravedad de la herida, que afortunadamente no dañó órganos vitales, pero sí requería sutura, Manuel Jaime Huerta Reyes rechazó ser trasladado a un hospital para recibir atención médica. Ante su negativa, los paramédicos se retiraron del lugar.
Las autoridades están investigando el incidente y buscan a la mujer involucrada, cuyo paradero es actualmente desconocido. Los vecinos del Fraccionamiento Privadas Santa Fe se encuentran consternados por el hecho, que resalta la importancia de atender y prevenir la violencia doméstica.
¿Cuál es la pena por lesiones en Coahuila?
El Código Penal de Coahuila establece las siguientes sanciones a quien con dolo afecte la salud a otra persona:
Delito lesiones leves: Se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y multa, cuando la o las lesiones tarden en sanar más de quince días y menos de sesenta, y no pongan en peligro la vida.
- Policía
Lesiones gravísimas que ponen en peligro la vida: Se le impondrán de tres a ocho años de prisión y multa, cuando la o las lesiones inferidas coloquen a la víctima en peligro concreto de morir.
Lesiones gravísimas por pérdida de funciones, miembros u órganos: De cuatro a nueve años de prisión y multa, si la o las lesiones producen la pérdida de cualquier función de alguna facultad, miembro u órgano, cuyas funciones no sean sustituidas por otro.
Lesiones gravísimas por parálisis, enfermedad incurable o deformidad grave: Se le impondrá de cinco a doce años de prisión y multa, cuando las lesiones ocasionen parálisis permanente de ambas piernas, o de uno o los dos brazos o manos, o causen paraplejia permanente de por lo menos una tercera parte del cuerpo, u originen una enfermedad incurable, o cuando las lesiones dejen alguna deformidad.
EC