En NL, proponen igualar penas para mujeres y hombres por delito de violación

Una estudiante de derecho y diputadas locales del PRI y Movimiento Ciudadano presentaron la iniciativa de reforma al Código Penal.

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Monterrey, Nuevo León /

Una estudiante de derecho y diputadas locales del PRI y Movimiento Ciudadano presentaron una iniciativa para modificar los artículos 265, 266 y 268 del Código Penal de Nuevo León para que se pueda sancionar con hasta 30 años a las mujeres que fueron encontradas culpables de violación en contra hombres, menores o personas de su mismo género.

En conferencia de prensa en el Congreso local, Jocelyn Sada Solís, estudiante de derecho y participante del Parlamento Juvenil, dijo que las políticas de la mayoría del mundo priorizan la violación sexual del sexo femenino, e ignoran la igualdad de violencia sexual que hay en hombres.



“Existe la violencia sexual entre dos o más personas de este o diferente sexo, independientemente del género. Por tanto, se requieren datos que provean evidencia de este tipo de violencia y que descarten los supuestos existentes sobre la irrelevancia del término “cópula”, refirió.

Sada dijo que existe un retraso en materia de transversalización de la perspectiva de género en la legislación actual, y resulta necesario incorporarla tanto para beneficio de mujeres y hombres, así como para establecer sanciones con perspectiva de género.

Congreso de Nuevo León. | Kevin Recio


La reforma, por ejemplo, al artículo 265, contempla la violencia psicológica o sexo oral cuando el hombre o mujer cometan el delito de violación; la modificación al artículo 266 quita las palabras adultas mayores, lo que da pie a que los mayores de 18, sin importar el género, sean castigados.

Tabita Ortiz, de Movimiento Ciudadano, dijo que la modificación al artículo 268 refiere que se equipará a la violación y se sancionará como tal, la introducción por vía vaginal, anal, de cualquier elemento, instrumento o parte del cuerpo distinto al miembro viril o vulva, sin la voluntad del sujeto pasivo o aún con la voluntad de este último si fuere de quince años o menor.



Cuando el activo introduzca en su propia boca el miembro viril o la vulva de una persona menor de quince años de edad, o de persona, aunque sea mayor de edad, que se halle sin sentido, que no tenga expedito el uso de la razón, o que por cualquier causa no pudiere resistir la conducta delictuosa.

La diputada Ana González, del PRI, dijo que nada más estaba aplicando el miembro viril pero ahora se contempla la modificación para castigar a las mujeres.

“Si es una violación que llegara a hacer una mujer pues no aplica porque no está específicamente esta sanción, la idea es no dejarlo a la imaginación y que pueda ser una pena igual”, refirió González.



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